La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por Alimentos Polar Comercial, C.A. contra la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que declaró sin lugar la demanda de nulidad contra la Autorización de Liquidación de Divisas emitida por CADIVI. La Sala confirmó la decisión de la Corte Primera, argumentando que la tasa de cambio aplicada era correcta y que los productos importados no correspondían al sector alimentos según la normativa vigente.
Extracto de la motiva
La representación judicial de la sociedad mercantil Alimentos Polar Comercial, C.A., impugna la decisión N° 2013-0737 de fecha 24 de abril de 2013, mediante la cual la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto contra la Autorización de Liquidación de Divisas (ALD) N° 2268689, emitida por la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), ahora Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), con relación “únicamente por lo que respecta a la tasa de cambio aplicada a dicha operación”, acto contra el cual ejercieron el respectivo recurso de reconsideración sin recibir respuesta. En virtud de los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la apoderada judicial de la sociedad mercantil ALIMENTOS POLAR COMERCIAL, C.A. (A.P.C.), contra la sentencia N° 2013-0737 de fecha 24 de abril de 2013 dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en la que se declaró sin lugar la demanda de nulidad interpuesta contra la Autorización de Liquidación de Divisas (ALD) N° 2268689, emitida por la COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI), ahora CENTRO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR (CENCOEX), con relación a la tasa de cambio aplicada a dicha operación.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la apoderada judicial de la sociedad mercantil ALIMENTOS POLAR COMERCIAL, C.A. (A.P.C.), contra la sentencia N° 2013-0737 de fecha 24 de abril de 2013 dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en la que se declaró sin lugar la demanda de nulidad interpuesta contra la Autorización de Liquidación de Divisas (ALD) N° 2268689, emitida por la COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI), ahora CENTRO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR (CENCOEX), con relación a la tasa de cambio aplicada a dicha operación. En consecuencia, se CONFIRMA el fallo apelado y queda FIRME el acto impugnado.
Palabras clave
Liquidación de DivisasCADIVIContencioso AdministrativoTasa de Cambio