Sentencia N° 618 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de mayo de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 00618, Exp. 2007-0861, 12/05/2011
Expediente2007-0861
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2011-05-11
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por María Ivonne Vega de Díaz contra la Resolución N° 01-00-000379, que confirmó la medida de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por dos años. La Sala argumentó que las denuncias de la recurrente sobre violaciones al debido proceso y a la igualdad de las partes no podían ser analizadas, ya que se referían a un acto administrativo firme. Además, se destacó que la inhabilitación es una consecuencia jurídica de la declaratoria de responsabilidad administrativa, la cual fue dictada por un órgano de control fiscal diferente, y que la recurrente no había ejercido los recursos administrativos correspondientes para impugnar dicha declaratoria.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto, observando para ello que la parte accionante atribuye al acto impugnado la violación del derecho a la defensa, al debido proceso y a la igualdad de las partes, en tanto, aduce, los funcionarios de la Contraloría General del Estado Guárico actuaron parcializadamente en el procedimiento de determinación de su responsabilidad administrativa en el manejo de fondos públicos correspondientes a la delegación deportiva del mencionado estado en unos juegos deportivos realizados en el Estado Lara. No obstante, debe reiterar esta Sala que tales denuncias no pueden ser analizadas en esta instancia, toda vez que se relacionan con un acto administrativo que se encuentra firme en sede administrativa y que no es objeto del presente recurso, por lo que el análisis de este juzgador debe circunscribirse a las denuncias hechas contra la Resolución impugnada. En relación a

Dispositiva

En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la ciudadana MARÍA IVONNE VEGA DE DÍAZ, antes identificada, contra la Resolución N° 01-00-000379 de fecha 22 de diciembre de 2006, mediante la cual el Contralor General de la República declaró sin lugar el recurso de reconsideración incoado y confirmó la medida de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por el período de dos (2) años que fuera impuesta a la recurrente en la Resolución N° 10-00-000121 del 7 de abril de 2006. En consecuencia, queda FIRME el acto impugnado.

Palabras clave

contraloríaresponsabilidad administrativasancionesderecho a la defensadebido procesoinclusiónfunciones públicas

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