La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia Nro. 00615, en la que se ordena notificar a la Procuraduría General de la República y al Ministro del Poder Popular para la Educación, así como al ciudadano Jesús Eduardo Rodríguez González, para que informen sobre el cumplimiento de la sentencia Nro. 763, que homologó una transacción entre el demandante y la República. Se concede un lapso de diez días para que se realicen las notificaciones pertinentes y se garantice la tutela judicial efectiva.
Extracto de la motiva
Por tanto, en aras de garantizar la tutela judicial efectiva establecida en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y como director del proceso, estima necesario ratificar el contenido de la decisión Nro. 00125 de fecha 18 de abril de 2024. A tales fines, se ordena nuevamente notificar a la Procuraduría General de la República, al Ministro del Poder Popular para la Educación y al ciudadano Jesús Eduardo Rodríguez González y/o su apoderado judicial, abogado Luis José Valor, antes identificados, para que informen a esta Sala si se dio cumplimiento voluntario a la sentencia dictada bajo el Nro. 00763, publicada en fecha 3 de junio de 2009, a través de la cual se homologó la transacción celebrada entre el ciudadano Jesús Eduardo Rodríguez González, ya identificado, y la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerio del Poder Popular para la Educación, en los términos acordados en dicha transacción, para lo cual se concede un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas. Así se decide. Finalmente, resulta menester para esta Máxima Instancia precisar que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en aras de garantizar la consecución de los postulados consagrados en los artículos 2, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, reconoció la preponderancia de la ciencia, la tecnología.
Dispositiva
ORDENA notificar a la Procuraduría General de la República, al Ministro del Poder Popular para la Educación y al ciudadano Jesús Eduardo Rodríguez González y/o su apoderado judicial, abogado Luis José Valor, para que informen a esta Sala si se dio cumplimiento voluntario a la sentencia dictada bajo el Nro. 00763, publicada en fecha 3 de junio de 2009.