Sentencia N° 6140 — Sala Político Administrativa del TSJ, 8 de noviembre de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 06140, Exp. 2003-0652, 09/11/2005
Expediente2003-0652
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2005-11-08
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por el Fisco Nacional contra un auto de admisión de pruebas dictado por el Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario. La controversia se centró en la legalidad y pertinencia de las pruebas de perito-testigo, informes, inspección judicial y exhibición de documentos promovidas por la recurrente. La Sala admitió algunas pruebas y desechó otras, considerando que eran pertinentes para el caso en cuestión.

Extracto de la motiva

Vistos los términos en que fue dictado el auto apelado, así como las alegaciones invocadas en su contra por la apelante en representación del Fisco Nacional y de las defensas opuestas por la sociedad mercantil contribuyente, observa este Alto Tribunal que la controversia planteada en el presente caso se circunscribe a decidir respecto de la legalidad, pertinencia y conducencia de las pruebas de perito-testigo, informes, inspección judicial y exhibición de documentos que fueran promovidas por la recurrente; debiendo en consecuencia, determinar si las mismas resultaban admisibles como lo juzgó el a quo, o si, por el contrario, debieron ser declaradas inadmisibles. No obstante, debe esta Sala resolver previamente el alegato hecho valer por la representación de la contribuyente en cuanto a la indebida fundamentación de la presente apelación por parte de la apoderada del Fisco Nacional. Ello así, pasa esta Sala a decidir en el orden expuesto, en los siguientes términos: Punto de Previo Pronunciamiento. Observa esta alzada que la representación judicial de la promovente aduce que la presente apelación no fue debidamente fundamentada de conformidad con lo previsto en el artículo 162 de la entonces vigente Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, toda vez que no contiene impugnación alguna o alegaciones respecto de los presuntos vicios que pudieran afectar el auto apelado.

Dispositiva

En atención a las razones expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, en los términos expuestos en el presente fallo, el recurso de apelación ejercido por la abogada Belén León Celaya, previamente identificada, actuando en representación del FISCO NACIONAL, contra el auto de admisión de pruebas dictado el 31 de julio de 2002, por el Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas. En consecuencia, SE REVOCA parcialmente de dicho auto, de conformidad con los términos expuestos en el presente fallo, el pronunciamiento atinente a la admisibilidad de las pruebas de perito-testigo e informes, ésta última parcialmente, vale decir, respecto de los informes solicitados a las Gerencias de Recursos Humanos y de la Aduana Principal de Puerto Cabello del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). SE CONFIRMA del mismo, la admisión de la prueba de informes solicitada al Ministerio de la Defensa, por intermedio del Comando de Servicios Antidroga de la Guardia Nacional, así como la de inspección judicial y la exhibición de los documentos indicados en el escrito de promoción consignado por la sociedad mercantil recurrente.

Palabras clave

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