La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Domínguez Continental, S.A. contra la sentencia Nro. 2011-0647 de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que había declarado sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad. La Sala determinó que el acto administrativo que negó la renovación de la Autorización de Adquisición de Divisas (AAD) estaba viciado de falso supuesto, ya que la documentación presentada por la demandante estaba debidamente auditada y visada por un contador público, lo que desvirtuaba las razones de la negativa de la CADIVI.
Extracto de la motiva
La Sala, al analizar el caso, concluyó que la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) había fundamentado su negativa en la supuesta falta de auditoría de los estados financieros presentados por la demandante, cuando en realidad estos estaban debidamente auditados y visados. La Sala resaltó que la CADIVI no pudo demostrar que la información presentada por Domínguez Continental, S.A. era incorrecta o incompleta, lo que llevó a la revocación del acto administrativo impugnado. Además, se destacó que la falta de presentación de un documento denominado 'Exposición de Motivos' no era un hecho controvertido en la sede administrativa, lo que configuró una violación del derecho a la defensa de la parte recurrente.
Dispositiva
1.- CON LUGAR el recurso de apelación incoado por la representación judicial de la sociedad mercantil DOMÍNGUEZ CONTINENTAL, S.A., contra la sentencia Nro. 2011-0647, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo en fecha 25 de abril de 2011, que declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto. 2.- Se REVOCA el aludido fallo. 3.- CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto. 4.- Se ANULAN: 4.1.- El acto administrativo contenido en el oficio Nro. CAD-PRE-CJ-0166458, del 16 de noviembre de 2009, emanado de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), mediante el cual se confirmó la decisión del 26 de agosto de 2009. 4.2.- El acto administrativo del 26 de agosto de 2009, dictado por la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), que '(...) negó la renovación de la solicitud de Autorización de Adquisición de Divisas (AAD), correspondiente a la solicitud Nro. 6814509 [de fecha 13 de diciembre de 2007] de importación bajo convenio ALADI'.
Palabras clave
NulidadAutorización de Adquisición de DivisasCADIVIContencioso Administrativo