Sentencia N° 6114 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de noviembre de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 06114, Exp. 2005-4935, 03/11/2005
Expediente2005-4935
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2005-11-02
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia relacionado con un recurso de nulidad interpuesto por Jesús Alirio López contra la homologación de una transacción laboral. La Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo había declarado su incompetencia y remitido el caso a esta Sala. Tras analizar el expediente, la Sala determinó que el Juzgado Superior Civil y de lo Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental era el competente para conocer del recurso de nulidad.

Extracto de la motiva

Es criterio de este Máximo Tribunal que el conocimiento de los recursos de nulidad interpuestos contra los actos dictados por las Inspectorías del Trabajo corresponde a los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa, y dentro de ella particularmente en Primera Instancia, a los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo Regionales, razón por la cual esta Sala atendiendo al presente caso, observa que se ha ejercido un recurso de nulidad contra el acto administrativo de fecha 14 de julio de 2004, dictado por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS SOTILLO, GUANTA Y URBANEJA DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, por lo que es procedente declarar competente al JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN NOR-ORIENTAL. Así se decide.

Dispositiva

1. Que ES COMPETENTE para conocer del conflicto negativo planteado en el presente caso. 2. Que el Juzgado Superior Civil y de lo Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental ES COMPETENTE para conocer y decidir el recurso de nulidad, interpuesto por el ciudadano JESÚS ALIRIO LÓPEZ, asistido por la abogada Onelia Paredes Arenas, antes identificados, contra la homologación impartida en fecha 14 de julio de 2004 por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS SOTILLO, GUANTA Y URBANEJA DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, sobre la transacción laboral extrajudicial celebrada entre el recurrente, en su condición de ex trabajador, y la sociedad mercantil Servicios Picardi C.A.

Palabras clave

conflicto de competenciarecurso de nulidadtransacción laboralInspectoría del Trabajojuzgado superiorcontencioso administrativo

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