DecisiónSolicitar al Registrador de la Propiedad Industrial que informe acerca del cumplimiento de la decisión Nro. 01216
Resumen
La Sala Político-Administrativa del TSJ se pronunció sobre el cumplimiento de la sentencia Nro. 01216, que declaró con lugar la demanda de nulidad ejercida por EBEL INTERNATIONAL LTD. contra el silencio administrativo del Ministro del Poder Popular para Industrias Ligeras y Comercio. Se ordenó la ejecución voluntaria de la sentencia y se fijó un lapso para que el Registrador de la Propiedad Industrial expusiera cómo daría cumplimiento a la decisión.
Extracto de la motiva
Finalmente, se advierte al Registrador de la Propiedad Industrial que el desacato de la presente decisión, podrá dar lugar a la aplicación de la sanción prevista en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, esto es, “(...) multa equivalente hasta doscientas unidades tributarias (200 U T) a las personas, funcionarios o funcionarias que no acataren sus órdenes o decisiones, (...) sin perjuicio de las sanciones (...) disciplinarias a que hubiere lugar (...)”. (Vid., sentencia de la Sala Constitucional Nro. 722 del 22 de octubre de 2018). Así se establece.
Dispositiva
Solicitar al Registrador de la Propiedad Industrial que informe acerca del cumplimiento de la decisión Nro. 01216 publicada el 17 de noviembre de 2016, dictada por esta Máxima Instancia, debiendo remitir la documentación de la cual se evidencie tal circunstancia, para lo que se otorga un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de la constancia en autos de su notificación.