La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de acumulación de causas presentada por la sociedad mercantil Moto Repuestos Único, C.A. La acumulación se fundamenta en la existencia de identidad de sujeto, objeto y causa entre las causas solicitadas, con el objetivo de evitar decisiones contradictorias y promover la celeridad procesal. La Sala determinó que, aunque existía identidad de sujetos, no se evidenció conexidad en cuanto al objeto, pero se concluyó que la acumulación era procedente bajo el principio de economía procesal.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la solicitud formulada por el apoderado judicial de la sociedad mercantil Moto Repuestos Único, C.A., en el sentido que sea acumulada la presente causa a la contenida en el expediente N° 2010-0928 (nomenclatura de esta Sala), por cuanto a su juicio existe identidad de sujeto, objeto y causa. Respecto de la figura de la acumulación, advierte la Sala, que obedece a la necesidad de evitar que eventualmente se dicten fallos contradictorios en causas que guardan entre si estrechas relaciones. Asimismo, la acumulación tiene por finalidad influir positivamente en la celeridad procesal, pues conforme lo admite la doctrina, cuando se produce la conexión, hay un interés general en que el litigio se resuelva en un solo proceso, por razón de economía procesal y en aras de evitar sentencias contradictorias sobre un mismo asunto. Así, la referida institución procede entre dos o más procesos cuando exista entre ellos una relación de accesoriedad, continencia o conexión (artículos 48, 51 y 52 del Código de Procedimiento Civil), y siempre que no se verifique ninguno de los supuestos contenidos en el artículo 81 del mismo Código.
Dispositiva
Conforme a las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la ACUMULACIÓN solicitada por el apoderado judicial de la sociedad mercantil MOTO REPUESTOS ÚNICO, C.A. En consecuencia, se ORDENA ACUMULAR la presente causa (N° 2010-0956) a la contenida en el expediente N° 2010-0928. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.