Sentencia N° 610 — Sala Político Administrativa del TSJ, 12 de mayo de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 00610, Exp. 2005-4752, 13/05/2009
Expediente2005-4752
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2009-05-12
DecisiónCONSUMADA LA PERENCIÓN

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los abogados de Elías Guerra, quien había fallecido antes de la decisión. La Sala determinó que, debido al fallecimiento del recurrente, el proceso quedó suspendido y que no se cumplió con la obligación de citar a los herederos, lo que llevó a la consumación de la perención de la instancia. Finalmente, se declaró extinguida la instancia en el recurso interpuesto.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala emitir pronunciamiento respecto al recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, por los abogados Orlando David Guerra Espitia y Luis Enrique Santana Marciales, antes identificados, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Elías Guerra, contra el acto administrativo contenido en el oficio N° CJ-05-1713, de fecha 28 de abril de 2005, dictado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se dejó sin efecto la designación del mencionado ciudadano como Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Sin embargo, de la revisión de las actas que conforman el expediente (folio 69), se observa que por diligencia del 17 de noviembre de 2005, el abogado Orlando David Guerra Espitia notificó a este Alto Tribunal acerca del fallecimiento del accionante, ocurrido en la ciudad de Caracas el 3 de agosto del mismo año, según consta de la copia simple confrontada por su original ad effectum videndi, del Acta de Defunción Nº 79, emitida por la Registradora Civil del Municipio El Hatillo del Estado Miranda el 9 de agosto de 2005. Dicha acta de fallecimiento, cursa al folio 81 del expediente y fue consignada junto a otros anexos en esa misma fecha, esto es, el 17 de noviembre de 2005. En esa misma oportunidad, el referido abogado consignó el “Título de Únicos y Universales Herederos” (folio 108 del expediente), otorgado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 25 de octubre de 2005, el cual demuestra su cualidad de heredero, la de su madre y de sus hermanos.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y, por ende, extinguida la instancia en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, por los apoderados judiciales del ciudadano ELÍAS GUERRA, contra el acto administrativo contenido en el oficio N° CJ-05-1713, de fecha 28 de abril de 2005, dictado por la COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a las partes. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

herenciasuspensiónprocesoherederosmuertecitacionesperención

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