Sentencia N° 607 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de junio de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 00607, Exp. 2012-0442, 14/06/2016
Expediente2012-0442
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-06-07
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de nulidad interpuesto por Orlando P.M. Motor's, C.A. en virtud del silencio administrativo del Ministro del Poder Popular para las Industrias Ligeras y Comercio. La Sala declaró parcialmente con lugar el recurso, anulando solo en su aspecto cuantitativo la orden de pago de las reparaciones impuestas a la recurrente, y ordenó remitir el caso a la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos para evaluar el monto a pagar relacionado con la reparación del vehículo. La decisión se fundamenta en la falta de proporcionalidad de la sanción impuesta por el INDEPABIS.

Extracto de la motiva

Conforme lo antes señalado en fecha 25 de julio de 2011, el Presidente del entonces Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS), actualmente Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE), dictó acto administrativo en el que ordenó a la recurrente pagar la reparación del vehículo adquirido por la ciudadana Rosa Cristina Valbuena Quintero, denunciante en sede administrativa, adicional a multa de QUINIENTAS (500) UNIDADES TRIBUTARIAS, calculada a bolívares sesenta y cinco (Bs. 65,00), valor de la Unidad Tributaria publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.361 en fecha 4 de febrero de 2010, vigente para el momento de ocurrir el incumplimiento por parte del infractor, por lo tanto su equivalencia es la cantidad de TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 32.500,00).

Dispositiva

1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de los efectos, interpuesto por el ciudadano Orlando Pita Martínez, actuando en su condición de Presidente de la sociedad mercantil ORLANDO P.M. MOTOR´S, C.A., en virtud del silencio administrativo del MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LAS INDUSTRIAS LIGERAS Y COMERCIO (hoy Ministro del Poder Popular para Industria y Comercio) al no decidir el recurso jerárquico interpuesto el 11 de octubre de 2011, contra el acto administrativo dictado por el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS), en fecha 25 de julio de 2011, actualmente Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE), con ocasión de la denuncia efectuada por la ciudadana ROSA CRISTINA VALBUENA QUINTERO. 2. NULA solo en su aspecto cuantitativo la orden de pago de las reparaciones impuestas a la recurrente mediante el acto administrativo dictado por el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS). 3. ORDENA remitir al Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS), actualmente Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE), copia certificada del presente fallo a fin que proceda a evaluar el monto pecuniario de la reparación impuesta a la sociedad mercantil Orlando P.M. Motor´s, C.A., mediante el acto administrativo dictado en fecha 25 de julio de 2011.

Palabras clave

recurso de nulidadINDEPABISsanción administrativaproporcionalidad

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