La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia planteado entre el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo, ambos declarando su incompetencia para conocer de una demanda por daños y perjuicios morales interpuesta por Ilse Cova Castillo en representación de su hija Rosalyn Cardozo Cova contra el Municipio San Diego del Estado Carabobo. La Sala determinó su competencia para conocer del caso, dado que se cumplían los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
La Sala, al analizar el conflicto de competencia, establece que la demanda por daños y perjuicios morales fue interpuesta contra un ente administrativo, el Municipio San Diego, y que la cuantía de la demanda supera los límites establecidos para la competencia de los tribunales ordinarios. Se concluye que la Sala Político-Administrativa es competente para conocer del caso, dado que no existe otro tribunal superior común a los involucrados en el conflicto. Se ordena la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación para la admisión de la demanda.
Dispositiva
1.- Que es COMPETENTE para conocer el conflicto negativo planteado en el presente caso. 2.- Que CORRESPONDE A ESTA SALA conocer la demanda que por daños y perjuicios morales interpusiera la abogada Ilse Cova Castillo, actuando con el carácter de representante legal de su menor hija ROSALYN CARDOZO COVA, contra el MUNICIPIO SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO. Se ordena la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de la admisión de la demanda, con prescindencia de la competencia ya decida en este fallo.
Palabras clave
conflicto de competenciadaños y perjuiciosmunicipiocontencioso administrativorepresentación legalacción indemnizatoria