Sentencia N° 603 — Sala Político Administrativa del TSJ, 23 de julio de 2025

TSJ/SPA, Sent. N° 00603, Exp. 2025-0181, 23/07/2025
Expediente2025-0181
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2025-07-23
DecisiónORDENA

Resumen

El Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario remitió un expediente relacionado con un recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra una sentencia que declaró con lugar un recurso contencioso tributario. La Sala Político-Administrativa, al revisar el expediente, advirtió la falta de documentación necesaria para emitir un pronunciamiento adecuado. Por lo tanto, se ordenó solicitar al SENIAT la remisión del expediente administrativo correspondiente para garantizar la tutela judicial efectiva.

Extracto de la motiva

sin embargo, de la revisión de las actas procesales se advierte la inexistencia del expediente administrativo relacionado con la presente causa, lo que impide a esta Máxima Instancia pueda realizar el correcto análisis a los fines de emitir un adecuado pronunciamiento en torno al asunto de autos. Por lo cual esta Sala Político-Administrativa, siempre orientada a garantizar la tutela judicial efectiva, y de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, según el cual el juez o la jueza podrá “(…) en cualquier estado de la causa (…) solicitar información o hacer evacuar de oficio las pruebas que considere pertinentes (…)”; -previo al fallo que deba recaer en el presente asunto- solicitar al Gerente Regional de Tributos Internos Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) la remisión del original o copias certificadas del expediente administrativo relacionado con la presente causa; a los fines de debatir la controversia de autos, para lo cual se le conceden diez (10) días de despacho, contados a partir de la fecha en que conste en el expediente la notificación practicada. Vencido el señalado plazo y de recibirse lo solicitado, se otorgará un lapso de cinco (5) días de despacho, para que las partes expongan lo que estimen pertinente en el proceso.

Dispositiva

1.- Librar oficio al GERENTE REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS REGIÓN CAPITAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), a fin de que remita a esta Sala Político-Administrativa lo peticionado, para lo cual se le concede diez (10) días de despacho, contados a partir de la fecha en que conste en el expediente la notificación practicada. 2.- VENCIDO el señalado plazo y de recibirse lo solicitado, se otorgará un lapso se otorgará cinco (5) días de despacho, para que las partes expongan lo que estimen pertinente en el proceso.

Palabras clave

contencioso tributariotutela judicial efectivaSENIATexpediente administrativojurisdicción contencioso administrativa

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