La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Malaquías Gil Rodríguez, se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer de una demanda por cobro de salarios retenidos interpuesta por Kleider Israel Mora Vivas contra Agropecuaria La Rosaliera, C.A. El Juzgado Primero de Primera Instancia había declarado la falta de jurisdicción, señalando que la reclamación debía ser atendida por la Inspectoría del Trabajo. La Sala confirma esta decisión, argumentando que corresponde a la instancia administrativa resolver cuestiones laborales similares.
Extracto de la motiva
En este caso, la Sala ha sostenido que el recurso de apelación no es el mecanismo idóneo para impugnar los pronunciamientos judiciales concernientes a la jurisdicción, siendo que, conforme al Código de Procedimiento Civil, el único medio procesal para revisar una decisión relativa a la jurisdicción para conocer de una determinada causa es el recurso de regulación de jurisdicción (vid., sentencias Nros. 2723, 279 y 622; de fechas 29 de noviembre de 2006, 14 de febrero de 2007 y 25 de abril de 2007, respectivamente). No obstante, en aras de garantizar a las partes una justicia expedita y sin formalismos, manifestación consustancial del derecho constitucional a la tutela judicial efectiva consagrado en el artículo 26 de la Carta Magna, este Máximo Tribunal también ha señalado que en aquellos casos en los que una de las partes apele de una decisión que declare la falta de jurisdicción del Poder Judicial -circunstancia que se verifica en el caso in commento- el órgano jurisdiccional correspondiente debe asumir que se trata de un recurso de regulación de jurisdicción y, en consecuencia, remitir el expediente a esta Sala para su análisis y correspondiente resolución. (Vid., sentencias Nros. 1225, 1702 y 184; de fechas 6 de octubre de 2011, 7 de diciembre de 2011 y 7 de marzo de 2012, respectivamente). En aplicación del criterio antes expuesto, debe esta Sala decidir el caso de autos como un recurso de regulación de jurisdicción, con independencia del término utilizado por la parte recurrente para identificar el medio de impugnación interpuesto. Así se declara.
Dispositiva
1. SIN LUGAR el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por el abogado Cristhian Daniel Mendoza Montilla, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano KLEIDER ISRAEL MORA VIVAS, antes identificado, contra la empresa AGROPECUARIA LA ROSALIERA, C.A. 2. Que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la demanda por “cobro de salarios retenidos y otros conceptos laborales” interpuesta. 3. Se CONFIRMA el fallo de fecha 27 de abril de 2023, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.