Sentencia N° 601 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de mayo de 2008

TSJ/SPA, Sent. N° 00601, Exp. 2008-0152, 14/05/2008
Expediente2008-0152
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2008-05-13
DecisiónDesistida

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, declara desistida la apelación interpuesta por la sociedad mercantil C.A. de Puertos Estructuras y Vías contra la sentencia del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario que había declarado inadmisible su recurso contencioso tributario. La decisión se basa en la falta de presentación del escrito de fundamentación dentro del lapso establecido, lo que se considera como un desistimiento tácito de la apelación. La sentencia apelada queda firme.

Extracto de la motiva

La norma transcrita establece la carga procesal para la parte apelante, de presentar dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al inicio de la relación de la causa, el escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación. De igual forma, impone como consecuencia jurídica que la falta de comparecencia de la parte apelante dentro del término legalmente señalado, se considerará como desistimiento tácito de la apelación y así será declarado, de oficio o a instancia de la otra parte. No obstante, tratándose este caso concreto de la apelación contra una sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva, esta Sala por razones de economía y celeridad procesal no siguió su tramitación de conformidad con el procedimiento de segunda instancia previsto en el citado artículo 19 de la Ley que rige las funciones de este Alto Tribunal, sino que, en su lugar, ordenó la aplicación del procedimiento breve establecido respecto de las incidencias tributarias (vid. fallo de esta Sala No. 01317 del 06 de abril de 2005, caso: Del Sur Banco Universal, C.A.), en el cual existe un lapso de quince días de despacho para que el apelante y su contraparte presentaran sus escritos respectivos y, vencido éste, la causa entrará en estado de sentencia.

Dispositiva

Con fundamento en los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDA la apelación ejercida por el apoderado judicial de la sociedad mercantil C.A. DE PUERTOS ESTRUCTURAS Y VÍAS, contra la sentencia dictada en fecha 8 de noviembre de 2007, por el Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró inadmisible el recurso contencioso tributario incoado contra la Resolución No. GCE/DJT/2007/2354 del 22 de junio de 2007, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT). En consecuencia, queda FIRME el fallo apelado.

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