Sentencia N° 6008 — Sala Político Administrativa del TSJ, 25 de octubre de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 06008, Exp. 2004-0337, 26/10/2005
Expediente2004-0337
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2005-10-25
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la perención de la instancia en un juicio por cumplimiento de contrato de obras. Se determinó que la causa había estado paralizada por más de un año, lo que llevó a declarar consumada la perención y, por ende, extinguida la instancia. La decisión se fundamentó en la normativa vigente que establece la extinción de la instancia por inactividad procesal.

Extracto de la motiva

La perención de la instancia constituye un mecanismo de terminación anormal procesal que se verifica por la no realización, en un período mayor de un año, de actos de procedimiento destinados a mantener en curso el proceso tal como lo preveía el artículo 86 de la derogada Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia y, actualmente el aparte 15 del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela. Así el propósito del instituto procesal en referencia, es el de evitar que los procesos se perpetúen en el tiempo y los Órganos de Administración de Justicia se encuentren en la obligación de procurar la composición de causas en las cuales no existe ningún tipo de interés por parte de los sujetos procesales, sin producirse la cosa juzgada material; casos en los que el accionante podría interponer nuevamente la demanda en idénticos términos como la propuso inicialmente, siempre que se encuentre dentro del lapso establecido en la ley para tal fin. Ahora bien, del estudio de las actas, constata la Sala que el lapso de paralización descrito en la ley, a los efectos de declarar perimida la instancia, se produjo bajo la vigencia de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.

Dispositiva

Conforme a lo expuesto, esta Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que se ha consumado de pleno derecho la PERENCIÓN y, en consecuencia, se ha EXTINGUIDO LA INSTANCIA en la presente causa. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

perencióninstanciacontratocumplimientoprocesojusticiaadministrativaley

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca