Sentencia N° 600 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de octubre de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00600, Exp. 2023-0326, 23/07/2025
Expediente2023-0326
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2023-10-26
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la sentencia número 00965, declaró inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por la abogada Rina Colmenares Rincón en representación de varios ciudadanos contra el Municipio Barinas y la Corporación Digitel, C.A. La Sala ratificó su competencia para conocer la solicitud y ordenó al Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de Barinas ejecutar las actuaciones necesarias para obtener sentencia en la causa. Finalmente, se ordenó el cierre y archivo del expediente.

Extracto de la motiva

Examinadas las actas procesales que se han descrito anteriormente, esta Sala observa lo siguiente: En fecha 26 de octubre de 2023, esta Sala dictó decisión número 00965, mediante la cual ratificó su competencia para conocer la solicitud de avocamiento, declaró inadmisible dicho petitorio e instó al Juzgado Superior Estatal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas y al Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, a ejecutar las actuaciones dirigidas a obtener sentencia en la presente causa. Seguidamente se libraron los oficios y boletas de notificación ordenadas en el referido fallo, las cuales fueron debidamente practicadas. En atención a lo expuesto, se evidencia que no existen más actuaciones que realizar en el caso de autos, razón por la cual se declara que ha concluido el presente juicio y en consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente. Así se establece. Finalmente, resulta menester para esta Máxima Instancia precisar que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en aras de garantizar la consecución de los postulados consagrados en los artículos 2, 26, 49 y 257 de la Constitución.

Dispositiva

Se declara inadmisible la solicitud de avocamiento. Se insta al Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas y al Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental a ejecutar las actuaciones dirigidas a obtener sentencia en la presente causa. Se ordena el cierre y archivo del expediente.

Palabras clave

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