La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de Monagas y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. Se determinó que la competencia para conocer del recurso de nulidad interpuesto por José Ramón Zacarías corresponde al Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, dado que se había planteado un conflicto negativo de competencia entre los tribunales involucrados.
La Sala, al analizar la situación, reafirmó que la competencia para conocer de los recursos de nulidad contra actos de la Inspectoría del Trabajo corresponde a los Juzgados Superiores en lo Civil y Contencioso Administrativo Regionales. En este caso, se concluyó que el Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de Monagas es el órgano jurisdiccional competente para continuar con el conocimiento del recurso de nulidad.
Finalmente, la Sala declaró su competencia para conocer del conflicto y ordenó remitir el expediente al Juzgado correspondiente, asegurando así el cumplimiento de la normativa procesal vigente.
Extracto de la motiva
En el presente caso, se ha planteado un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur-Oriental y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, los cuales se declararon incompetentes para conocer del presente recurso de nulidad; por tanto, esta Sala Político-Administrativa, actuando como cúspide de la jurisdicción contencioso-administrativa, en virtud de que los dos tribunales involucrados forman parte de dicha jurisdicción, asume su competencia para conocer el conflicto planteado. Así se decide.
Dispositiva
1. Que es COMPETENTE para conocer del conflicto negativo de competencia planteado. 2. Que la COMPETENCIA para conocer y decidir el presente recurso de nulidad corresponde al JUZGADO SUPERIOR QUINTO AGRARIO Y CIVIL-BIENES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN SUR-ORIENTAL. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al referido Juzgado. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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