Sentencia N° 598 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de abril de 2002

TSJ/SPA, Sent. N° 00598, Exp. 1039, 10/04/2002
Expediente1039
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoDesistido
Fecha de la decisión2002-04-09
DecisiónHomologado

Resumen

La sentencia se refiere a la homologación del desistimiento de una apelación interpuesta por el abogado Rafael Landaeta Arizaleta, quien demandó por error judicial y daño moral a dos magistradas de la Corte de Apelaciones. La Sala Político-Administrativa del TSJ considera procedente el desistimiento, dado que no existen razones de orden público que impidan su tramitación. Se declara homologado el desistimiento y se mantiene firme el auto de inadmisión dictado por el Juzgado de Sustanciación.

Extracto de la motiva

De lo expuesto se constata que se trata del desistimiento puro y simple de la apelación de un auto que declaró la inadmisión de la demanda, dictado por el Juzgado de Sustanciación. Ahora bien, vista la legitimidad y capacidad procesal del solicitante –por tratarse del propio recurrente– prevista dicha actuación en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicable al caso, y no existiendo razón alguna de orden público que se oponga o impida su tramitación, este Tribunal considera procedente y ajustado a derecho declarar homologado el referido desistimiento. Así se declara.

Dispositiva

Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político – Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO el referido desistimiento. Queda en consecuencia, firme el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 02 de noviembre de 2000. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente.

Palabras clave

desistimientoapelaciónerror judicialdaño moralinadmisiónprocedimiento administrativoLey Orgánica de la Procuraduría

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