Sentencia N° 5971 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de octubre de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 05971, Exp. 2005-5060, 19/10/2005
Expediente2005-5060
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2005-10-18
DecisiónADMITE

Resumen

El abogado Ricardo Arturo Tirado interpuso un recurso contencioso-administrativo de nulidad contra un acto administrativo que lo removió de su cargo como juez. La Sala Político-Administrativa admitió el recurso de nulidad, considerando que no incurre en causales de inadmisibilidad, mientras que la solicitud de amparo constitucional fue declarada inadmisible. La decisión se basa en la necesidad de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva y la revisión de la competencia del órgano que emitió el acto impugnado.

Extracto de la motiva

El accionante interpuso recurso contencioso-administrativo de nulidad conjuntamente con solicitud cautelar de amparo constitucional y solicitud de suspensión de efectos, contra el acto administrativo contenido en el oficio Nro. CJ-05-3441, suscrito por el Presidente de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 22 de junio de 2005, mediante el cual se le removió del cargo que venía desempeñando dentro del Poder Judicial. Expresa el accionante en su escrito recursivo, que a partir del momento en que se hizo efectiva su designación como Juez del Juzgado Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ejerció sus funciones de manera cabal e ininterrumpida, lo que menciona, se encuentra avalado en los registros que reposan en la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, en los cuales se deja constancia del período por él desempeñado en la judicatura desde el 20 de agosto de 2003 hasta el 31 de marzo de 2005, con ocasión de los contratos firmados entre su persona y la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, en la oportunidad en que se suscribieran los mismos. Hecha tal afirmación, procede a señalar que en fecha 29 de junio de 2005, fue notificado del acto objeto de impugnación, por el cual se le notificó lo siguiente: “En sesión de fecha 21 de junio de 2005, la Comisión Judicial en ejercicio de sus atribuciones, resolvió dejar sin efecto su designación como Juez Temporal del Juzgado Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en razón de las observaciones que fueron formuladas por ante este despacho…(omissis)”.

Dispositiva

1.- ADMITE, a los solos efectos de su trámite y verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de la Sala, de lo atinente a la caducidad de la acción, el recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto por el abogado RICARDO ARTURO TIRADO contra el acto administrativo de efectos particulares de fecha 22 de junio de 2005, contenido en el Oficio Nro. CJ-05-3441 suscrito por el Presidente de la COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA. De ser procedente su admisión, el Juzgado de Sustanciación ordenará la continuación del proceso, con la práctica de las notificaciones de ley, y la publicación del cartel de emplazamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 5, aparte 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. 2.- INADMISIBLE la solicitud de amparo constitucional, ejercida en forma cautelar con el recurso de nulidad interpuesto.

Palabras clave

recurso contencioso-administrativonulidadamparo constitucionalremoción de juezderecho a la defensadebido procesotutela judicial efectiva

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