La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara homologado el desistimiento de la acción y del procedimiento en la demanda de nulidad presentada por Belén Beatriz Dan Colmenarez contra el acto administrativo que acordó su remoción como Jueza Provisoria. Se establece que el desistimiento cumple con los requisitos legales establecidos en el Código de Procedimiento Civil, permitiendo a la parte demandante volver a interponer la acción tras un periodo de noventa días.
Extracto de la motiva
Que “solo se hace mención a la figura de la jubilación como un presupuesto factico que ejemplifica el daño causado, no obstante, el propósito principal de este medio de impugnación es re-evaluar la decisión, que con mucho respeto, consider[a] legalmente no procedente”. (Sic). (Agregado de la Sala). Solicitó que se declare la nulidad absoluta del acto impugnado, de acuerdo con lo establecido en el numeral 4 del artículo 19 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, “y por consiguiente, sea reincorporada al ejercicio del cargo como jueza del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (…)”. Con relación a la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos expuso que “la petición de cautela preventiva resulta adecuada a la situación fáctica concreta, en protección y continuidad de la correcta actividad administrativa, aunado a que la presunción del buen derecho que se reclama, se evidencia de la ausencia de notificación y sustanciación para aplicar medidas de carácter sancionatorio, lo cual es indispensable para la concreción del derecho constitucional al debido proceso, además, de que la condición de que se haga ilusoria la ejecución del fallo, deviene de la constante afectación ilegítima de [su] esfera jurídica subjetiva como funcionari[a] de carrera al servicio de la administración de justicia, que en su conjunto, patentizan la necesidad y urgencia de la tutela cautelar peticionada”. (Agregados de la Sala).
Dispositiva
Homologado el desistimiento de la acción y del procedimiento en la demanda de nulidad con solicitud de suspensión de efectos incoada por la ciudadana BELÉN BEATRIZ DAN COLMENAREZ, ya identificada, contra el acto administrativo contenido en el oficio distinguido con el alfanumérico “TSJ-CJ-N°0708-2022” de fecha 16 de marzo de 2022, emitido por la COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA.
Palabras clave
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