La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por Mariana GARCÍA ALCEDO contra la Resolución N° 01-00-000019 del 13 de febrero de 2008, que confirmó la sanción de inhabilitación por tres años impuesta por el Contralor General de la República. La Sala argumenta que la recurrente no impugnó adecuadamente la declaratoria de responsabilidad administrativa, lo que llevó a la firmeza de dicha decisión. Además, se establece que la inhabilitación es proporcional a la gravedad de la falta cometida, que consistió en el uso indebido de fondos públicos.
Extracto de la motiva
La Sala advierte que la recurrente no interpuso recurso contra el acto que declaró su responsabilidad administrativa, lo que trajo como consecuencia que éste quedara firme en sede administrativa. Se reitera que la imposición de las sanciones disciplinarias a que se refiere el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal son consecuencias jurídicas que, según la Ley, derivan de la declaratoria de responsabilidad administrativa ‘sin que medie ningún otro procedimiento’. En atención a lo expuesto, visto que la resolución impugnada fue dictada por el Contralor General de la República, como consecuencia de la declaratoria de responsabilidad administrativa de que fue objeto la recurrente, previo procedimiento administrativo (no sujeto a control en el presente juicio), y dado que las defensas opuestas por la actora en vía administrativa no estuvieron dirigidas a denunciar vicios propios del acto recurrido, sino de la responsabilidad administrativa que le fue declarada por la Contraloría del Estado Táchira, esta Sala desestima las denuncias de falso supuesto de hecho, violación del derecho a la defensa y del principio de confianza legítima.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos que anteceden, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana Mariana GARCÍA ALCEDO contra la Resolución N° 01-00-000019 del 13 de febrero de 2008, dictada por el CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, que declaró sin lugar el recurso de reconsideración y confirmó la Resolución N° 01-00-000218 del 17 de agosto de 2007, a través de la cual le fue impuesta la sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por el período de tres (3) años. En consecuencia, se declara FIRME el referido acto administrativo.
Palabras clave
nulidadinhabilitaciónresponsabilidad administrativaContraloría General