Sentencia N° 596 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de abril de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 00596, Exp. 0964, 10/04/2002
Expediente0964
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-04-09
DecisiónDeclara consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia aceptó la competencia para conocer del juicio seguido por Tania Josefina Bruce Escalona contra la Compañía Anónima Electricidad de Oriente (ELEORIENTE). En el análisis de la situación, se determinó que la demanda cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, dado que se demandaba a una empresa del Estado y la cuantía superaba los cinco millones de bolívares.
Extracto de la motiva
El artículo 42, ordinal 15 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, textualmente establece que es competencia de esta Sala Político-Administrativa: 'Conocer de las acciones que se propongan contra la República, o algún Instituto Autónomo o empresa en la cual el Estado tenga participación decisiva, si su cuantía excede de cinco millones de bolívares, y su conocimiento no está atribuido a otra autoridad'. Del análisis de la norma transcrita se desprende un régimen especial de competencia a favor del Tribunal Supremo de Justicia, en todas aquellas acciones intentadas, que cumplan con las tres condiciones contempladas en la misma, a saber: 1) Que se demande a la República, a algún Instituto Autónomo o empresa en la cual el Estado tenga participación decisiva; 2) Que la acción incoada tenga una cuantía superior a cinco millones de bolívares (Bs. 5.000.000,oo); y 3) Que el conocimiento de la causa no esté atribuido a ninguna otra autoridad, entendiendo con ello, que la norma bajo análisis constituye una derogatoria de la jurisdicción civil y mercantil, que es la jurisdicción ordinaria, pero no de las otras jurisdicciones especiales, tales como la Laboral, del Tránsito o Agraria.
Dispositiva
1.- ACEPTA LA COMPETENCIA para conocer el juicio seguido por la ciudadana TANIA JOSEFINA BRUCE ESCALONA contra la sociedad mercantil COMPAÑIA ANÓNIMA ELECTRICIDAD DE ORIENTE (ELEORIENTE), ambas partes antes identificadas. 2.- DECLARA CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente.
Palabras clave
perencióninstanciadaño moralcompetenciaacción autónomaempresa del EstadoLey Orgánica de la Corte Suprema de Justiciajurisdicción