La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia negativo entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. Ambas instancias se declararon incompetentes para conocer del recurso de nulidad interpuesto por Nelsón Sojo contra una providencia administrativa de la Inspectoría del Trabajo. La Sala, tras analizar la situación, determinó que le corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte conocer del recurso de nulidad.
Extracto de la motiva
La Sala observa que debe establecer su competencia para resolver el conflicto planteado, y en tal sentido advierte que los artículos 70 y 71 del Código de Procedimiento Civil establecen que cuando un juez se declare incompetente, debe solicitar la regulación de competencia. En este caso, se ha planteado un conflicto de competencia negativo entre dos tribunales que se declararon incompetentes para conocer del recurso de nulidad. La Sala, actuando como cúspide jurisdiccional en materia contencioso administrativa, se declara competente para conocer el conflicto planteado.
Dispositiva
Con fundamento en los argumentos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Que es COMPETENTE para conocer del conflicto planteado. 2. Que la COMPETENCIA para conocer del recurso de nulidad ejercido le corresponde al JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE. Remítase el expediente al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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