La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia planteado en un recurso de nulidad interpuesto por Tibisay del Valle Gavides contra un acto administrativo de la Inspectoría del Trabajo. La Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo se declaró incompetente y remitió el caso a esta Sala. La Sala, tras analizar la situación, determinó que corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital conocer del recurso de nulidad.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el conflicto de competencia se ha suscitado entre el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo y Estabilidad Laboral y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. En virtud de que el criterio vigente establece que la competencia corresponde a los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo Regionales, se concluye que el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital es el competente para conocer el recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana Tibisay del Valle Gavides.
Dispositiva
Con fundamento en los argumentos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que: 1. Que es COMPETENTE para conocer el conflicto de competencia planteado. 2. Que CORRESPONDE AL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL que en razón del procedimiento de distribución de causas le sea asignado, la COMPETENCIA para conocer del recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana TIBISAY DEL VALLE GAVIDES.
Palabras clave
conflicto de competenciarecurso de nulidadInspectoría del TrabajoJuzgado SuperiorContencioso Administrativosalarios caídosreenganche