La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia planteado entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. Se determinó que el Juzgado Superior es el competente para conocer del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con acción de amparo cautelar contra una providencia administrativa dictada por la Inspectoría del Trabajo.
Extracto de la motiva
Esta Sala observa que en el presente caso se ha planteado un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, para conocer del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con acción de amparo cautelar, contra la Providencia Administrativa Nº 383-03 de fecha 22 de diciembre de 2003, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSÉ MORA DEL ESTADO CARABOBO. Por tanto, esta Sala Político-Administrativa, actuando como cúspide de la jurisdicción contencioso-administrativa y visto que los dos Tribunales involucrados forman parte de esta jurisdicción, se declara competente para conocer el conflicto planteado.
Dispositiva
1) Que es COMPETENTE para conocer del conflicto negativo planteado en el presente caso. 2) Que el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte es el COMPETENTE para conocer y decidir del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con acción de amparo cautelar, por la abogada Lucía Pérez Aponte, apoderada judicial del INSTITUTO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE PROTECCIÓN AMBIENTAL Y SERVICIO DEL MUNICIPIO JUAN JOSÉ MORA DEL ESTADO CARABOBO, IMPROSEMORA, ambos identificados, contra la Providencia Administrativa Nº 383-03 de fecha 22 de diciembre de 2003, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSÉ MORA DEL ESTADO CARABOBO, mediante la cual se dictó 'medida innominada de reincorporación inmediata' del ciudadano Carlos José Peña Lugo, también identificado, contra el mencionado Instituto Autónomo.
Palabras clave
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