La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar la apelación interpuesta por la sociedad de comercio DETUNEL, C.A. contra la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana, que había declarado inadmisible el recurso jerárquico por extemporáneo. La decisión se basa en la interpretación de los plazos establecidos en el Código Orgánico Tributario, concluyendo que el recurso fue presentado fuera de tiempo.
Dispositiva
1) SIN LUGAR la apelación interpuesta por la sociedad de comercio DETUNEL, C.A., contra la sentencia definitiva Nro. PJ0662015000010 del 20 de enero de 2015, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana, que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario incoado contra la Resolución Nro. SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2013-0097 del 27 de febrero de 2013, emanada de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT); fallo que se CONFIRMA con excepción del porcentaje de la condenatoria en costas establecido a la contribuyente, el cual se REVOCA y se fija en el monto equivalente al cinco por ciento (5%) de la cuantía del recurso contencioso tributario.
Palabras clave
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