Sentencia N° 590 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de junio de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 00590, Exp. 2016-0055, 13/06/2016
Expediente2016-0055
PonenteINOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2016-06-07
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar el recurso contencioso administrativo interpuesto por C.A. QUÍMICAS QUIMSA contra la Resolución del SENIAT que impuso sanciones por el retardo en el enteramiento de retenciones de impuesto al valor agregado. La Sala fundamentó su decisión en la correcta aplicación del Código Orgánico Tributario, estableciendo que las sanciones deben calcularse con base en el valor de la unidad tributaria vigente al momento del pago. Además, se confirmó la firmeza de las resoluciones impugnadas y se condenó al pago de costas procesales a la recurrente.

Extracto de la motiva

La Sala considera necesario realizar las siguientes consideraciones: Mediante Resolución Nro. SNAT-INTI-GRTI-RCNT-SC-ASJ-2014-000103-003-2014 de fecha 17 de febrero de 2014, la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), declaró sin lugar el recurso jerárquico ejercido en fecha 12 de diciembre de 2011, contra las Resoluciones de Imposición de Sanción e Intereses de Mora Nros. SNAT-INTI-GRTI-RCNT-SM-OCE-2011-145, SNAT-INTI-GRTI-RCNT-SM-OCE-2011-146 y SNAT-INTI-GRTI-RCNT-SM-OCE-2011-233; las dos primeras, de fecha 29 de julio de 2011, notificadas el 7 de noviembre del mismo año; y la última, del 27 de septiembre de 2011, notificada el 27 de noviembre de igual año, así como contra las correlativas Planillas de Liquidación Nros. 1109000388, 1109000389, 1109000390, 1109000391, 1109000601 y 1109000602, emitidas por la División de Contribuyentes Especiales de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del referido Servicio Autónomo. Por consiguiente, fueron confirmados los intereses moratorios por la cantidad total de Trece Mil Cuatrocientos Veintiocho Bolívares con Ochenta Céntimos (Bs. 13.428,80), liquidados conforme al artículo 66 del Código Orgánico Tributario de 2001, aplicable ratione temporis, y las sanciones de multa impuestas de acuerdo al artículo 113 eiusdem, en virtud del enteramiento tardío de las retenciones efectuadas en materia de impuesto al valor agregado, durante la primera y segunda quincena del mes de agosto de 2007 y la primera quincena del mes de septiembre de 2007, por la suma de Seiscientos Diecisiete Mil Setenta y Ocho Bolívares con Veinte Céntimos (Bs. 617.078,20).

Dispositiva

Por todas las razones arriba expuestas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la república y por autoridad de la Ley declara: 1.- SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo con solicitud de Amparo Cautelar interpuesto por la abogada EYDA ANDREINA ORTEGA, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad de comercio C.A. QUIMICAS QUIMSA, contra la Resolución N° NAT/INTI/GRTI/RCNT/SC/ASJ/2014/000103-003-2014 de fecha 17 de febrero de 2014, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), esta última mediante la cual se declaró Sin Lugar el Recurso Jerárquico ejercido contra las resoluciones de imposición de sanciones e intereses N°. SNAT/INTI/GRTI/RCNT/SM/OCE/2011/145 de fecha 29 de julio de 2011, SNAT/INTI/GRTI/RCNT/SM/OCE/2011/146 de fecha 29 de julio de 2011, SNAT/INTI/GRTI/RCNT/SM/OCE/2011/233 de fecha 27 de septiembre de 2011, en consecuencia se ordena a la Administración Tributaria realizar de nuevo el cálculo y librar nuevas planillas de acuerdo con el valor de la unidad Tributaria vigente para el momento en que firme la presente decisión, o la que estuviere vigente para el momento del pago definitivo. 2.- Se declaran firmes la resolución N° SNAT/INTI/GRTI/RCNT/SC/ASJ/2014/000103-003-2014 de fecha 17 de febrero de 2014, y las resoluciones de Imposición de multas y determinación de intereses moratorios siguientes N°. SNAT/INTI/GRTI/RCNT/SM/OCE/2011/145 de fecha 29 de julio de 2011, SNAT/INTI/GRTI/RCNT/SM/OCE/2011/146 de fecha 29 de julio de 2011, SNAT/INTI/GRTI/RCNT/SM/OCE/2011/233 de fecha 27 de septiembre de 2011, emanadas de la División de Contribuyentes Especiales adscrita a la gerencia regional de Tributos Internos de la Región Central del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT). 3.- CONDENA al pago de las costas procesales a la sociedad de comercio C.A. QUIMICAS QUIMSA, en una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) de la cuantía del presente recurso contencioso tributario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 317 del Código Orgánico Tributario del año 2001, aplicable ratione temporis.

Palabras clave

Contencioso TributarioSancionesImpuesto al Valor Agregado

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