La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por BAKER HUGHES, S.R.L. contra la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que declaró inadmisible su recurso contencioso tributario. La Sala determinó que el tribunal de instancia erró en su análisis de las causales de inadmisibilidad y en la solicitud de acumulación de recursos, lo que llevó a la revocación de la sentencia apelada. Se ordenó reponer la causa para que se dicte una nueva decisión sobre la admisibilidad del recurso, considerando los elementos normativos pertinentes.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de la apelación interpuesta por la representación de la sociedad mercantil Baker Hughes, S.R.L., contra el fallo interlocutorio dictado por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental el 31 de enero de 2005, por medio del cual se declaró inadmisible el recurso contencioso tributario por ella ejercido el 3 de septiembre de 2004, contra los actos administrativos supra detallados. En tal sentido, considera necesario esta Sala previamente advertir que la presente decisión no se pronunciará bajo ningún concepto sobre la supuesta ilegalidad de los actos administrativos de contenido tributario representados en el Acta de Inspección Fiscal No. 001/02/004 y en las Resoluciones Nos. D.H. 003-06-004 y D.H. 007-08-004, que conforman el objeto del recurso contencioso tributario interpuesto. El presente fallo se limitará a declarar si la sentencia interlocutoria por medio de la cual se declaró inadmisible el recurso interpuesto el 3 de septiembre de 2004, fue dictado conforme a derecho, o si, por el contrario, erró dicho Tribunal en el análisis de las causales de inadmisibilidad establecidas en la ley para interponer un recurso de tal naturaleza y sobre el pronunciamiento proferido por éste con relación a la solicitud de acumulación planteada.
Dispositiva
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Nelson Mata Aguilera, actuando con el carácter de apoderado judicial de la contribuyente BAKER HUGHES, S.R.L., contra la sentencia interlocutoria dictada el 31 de enero de 2005, por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, que declaró inadmisible el recurso contencioso tributario incoado conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por la aludida contribuyente, contra los actos administrativos contenidos en: 1) Acta de Inspección Fiscal Nº 001/02/004 del 29 de marzo de 2004; 2) Resolución Nº D.H. 003-06-004 de fecha 15 de junio de 2004 y 3) Resolución Nº D.H. 007-08-004 del 12 de agosto de 2004, todos emanados de la Dirección de Administración y Hacienda de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALDEZ DEL ESTADO SUCRE. En consecuencia, se REVOCA la sentencia antes citada y se ORDENA REPONER LA CAUSA al estado en que se dicte la decisión correspondiente en cuanto a la admisibilidad del recurso contencioso tributario incoado por Baker Hughes, S.R.L., para luego, efectuar el examen de los disposiciones normativas correspondientes a los fines de verificar la procedencia o no de la acumulación.
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