Sentencia N° 5866 — Sala Político Administrativa del TSJ, 4 de octubre de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 05866, Exp. 2005-4998, 05/10/2005
Expediente2005-4998
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2005-10-04
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, relacionado con un recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil NATO, C.A. contra una providencia administrativa que declaró con lugar la solicitud de calificación de despido de un trabajador. La Sala determinó que corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental conocer y decidir el recurso de nulidad, aceptando así la competencia para resolver el conflicto planteado.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el criterio actualmente vigente de este Máximo Tribunal en dicha materia, establece que esa competencia corresponde a los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa, y dentro de ella, particularmente en primera instancia, a los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo Regionales, es por tal razón que esta Sala, atendiendo al caso de autos, observa que se ha ejercido un recurso de nulidad conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, por el abogado Giovanni Umberto Nobile, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Nato, C.A., contra la Providencia Administrativa N° 48-04 de fecha 3 de marzo de 2004, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Estado Sucre, Cumaná, que declaró con lugar la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por el ciudadano Alexis José González Jaime, contra la mencionada sociedad mercantil, siendo procedente declarar competente para conocer del caso al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental. Así se declara.

Dispositiva

1.- Que ACEPTA la competencia para conocer el conflicto negativo. 2.- Que corresponde al JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN NOR-ORIENTAL la COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, por el abogado Giovanni Humberto Nobile, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil NATO, C.A., contra la Providencia Administrativa N° 48-04 de fecha 3 de marzo de 2004, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTADO SUCRE, CUMANÁ, que declaró con lugar la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por el ciudadano ALEXIS JOSÉ GONZÁLEZ JAIME, contra la mencionada sociedad mercantil. En consecuencia, se ordena remitir el expediente al Juzgado declarado competente y copia certificada de la presente decisión a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo.

Palabras clave

conflicto negativo de competenciarecurso de nulidadInspectoría del Trabajocalificación de despidosuspensión de efectosjurisdicción contencioso administrativaJuzgado Superior

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