Sentencia N° 584 — Sala Político Administrativa del TSJ, 4 de junio de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 00584, Exp. 2012-1027, 04/06/2013
Expediente2012-1027
PonenteEMIRO GARCIA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2013-06-04
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, confirma la sentencia N° 049/2010 del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por TECHO DURO S.A. contra la Resolución N° SNAT-INTI-GRTI-RCO-DJT-ARA-510-2007-207. La controversia se centró en el vicio de contradicción alegado por la representación fiscal, quien argumentó que la sentencia de primera instancia contenía inconsistencias. Sin embargo, el TSJ determinó que no existía tal contradicción y que la decisión del tribunal inferior era coherente con la pretensión del contribuyente.

Extracto de la motiva

Vista la declaratoria contenida en el fallo apelado, así como las alegaciones formuladas en su contra por la apelante, en representación del Fisco Nacional, la controversia planteada en el caso de autos se circunscribe a decidir sobre el vicio de contradicción en que -a su decir- incurrió la sentencia impugnada, al haber declarado con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente. Delimitada así la litis, pasa esta Sala a decidir y a tal efecto observa: Vicio de contradicción. Respecto de este particular, la representación fiscal alegó que el a quo había incurrido en el aludido vicio, toda vez que en la sentencia apelada la Juez (…), se contradijo cuando declaró que la Administración Tributaria habría incurrido en el vicio de falso supuesto de hecho porque ‘no procedió a constatar la existencia de los hechos que emergen del expediente administrativo, todo en relación con la solicitud de compensación, que debió ser atendida por el ente tributario, en acatamiento a la norma vigente para el momento en que la contribuyente opuso la compensación, el artículo 46 del Código Orgánico Tributario de 1994, que exigía para la operatividad de la compensación el pronunciamiento de la Administración Tributaria en observancia de las condiciones de exigibilidad, liquidez y la no prescripción de la deuda…’ por una parte, y posteriormente reconoció que durante el debate judicial la contribuyente no logró demostrar con las pruebas documentales consignadas en copia simple, que se pudiera verificar la existencia, liquidez y exigibilidad del crédito fiscal opuesto en compensación que formulara la contribuyente…

Dispositiva

En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación formulada por la Procuraduría General de la República, en representación del Fisco Nacional, contra la sentencia Nº 049/2010, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental el 21 de diciembre de 2010, la cual se CONFIRMA. Se ORDENA a la Administración Tributaria la inmediata verificación en sus archivos de la existencia, liquidez y exigibilidad de los créditos fiscales opuestos en compensación por la sociedad mercantil TECHO DURO S.A.. NO PROCEDE la condenatoria en costas procesales contra el Fisco Nacional, en virtud del criterio sostenido por la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal en la sentencia N° 1.238 del 30 de septiembre de 2009, caso: Julián Isaías Rodríguez Díaz.

Palabras clave

Contencioso TributarioCompensaciónFisco Nacional

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