Sentencia N° 584 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de abril de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 00584, Exp. 0899, 10/04/2002
Expediente0899
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2002-04-09
DecisiónDeclara consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia en la presente causa.
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por Alfredo José Calles Germán contra varios artículos del Decreto Nº 3.019, que reforma el Reglamento de Notarías Públicas. La Sala aceptó la competencia para conocer el caso, pero declaró consumada la perención de la instancia debido a la inactividad procesal de las partes durante más de un año.
Extracto de la motiva
La Constitución prevé en su artículo 262 la creación del Tribunal Supremo de Justicia y de las Salas que lo integran, de igual modo, otorga en forma expresa, ciertas competencias a sus distintas Salas, y deja a cargo de la respectiva Ley Orgánica, la cual debía ser aprobada por la Asamblea Nacional dentro del primer año contado a partir de su instalación, la distribución de otras no atribuidas expresamente. Asimismo, a los fines de mantener el funcionamiento integral del Estado, debe este Supremo Tribunal continuar con su labor de máximo administrador de justicia. Por tanto, aún cuando no haya sido dictada hasta el presente la aludida Ley Orgánica, reguladora de las funciones de este Alto Tribunal, sus Salas están obligadas a conocer y decidir todos aquellos casos que cursaban por ante la extinta Corte Suprema de Justicia, así como aquellos que ingresen, atendiendo a la afinidad existente entre la materia debatida en cada caso concreto y la especialidad de cada una de las Salas.
Dispositiva
1.- ACEPTA LA COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de nulidad incoado por el ciudadano ALFREDO JOSÉ CALLES GERMAN, contra los artículos 3, numeral 3º, 34, 67, 68 y 72, del Decreto Nº 3.019, contentivo de la reforma parcial del Reglamento de Notarías Públicas, dictado por el Presidente de la República y publicado en la Gaceta Oficial Nº 36.588, de fecha 24 de noviembre de 1998. 2.- DECLARA CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, extinguida la instancia en la presente causa.
Palabras clave
nulidadinconstitucionalidadReglamento de NotaríasperencióncompetenciaTribunal Supremo de Justiciaacción administrativa