Sentencia N° 5823 — Sala Político Administrativa del TSJ, 4 de octubre de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 05823, Exp. 2004-0924, 05/10/2005
Expediente2004-0924
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-10-04
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre su competencia para conocer el recurso por abstención o carencia interpuesto por Julián Fernando Niño Gamboa contra la Comisión Electoral de la UNEXPO. La Sala Electoral había declinado la competencia, argumentando que los hechos no se enmarcaban en un proceso electoral ni estaban relacionados con mecanismos de participación popular. La Sala Político-Administrativa concluyó que el recurso no era de su competencia, sino que correspondía a las Cortes de lo Contencioso Administrativo, dado que se trataba de una abstención de una autoridad distinta a las señaladas en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el recurso por abstención o carencia no fue interpuesto contra una autoridad perteneciente al Poder Electoral, y que su fundamento no versa sobre la materia electoral. Por lo tanto, corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa el conocimiento del caso. La Sala también destaca que la Comisión Electoral de la UNEXPO es un ente de una Universidad Pública Nacional, lo que refuerza la competencia de las Cortes de lo Contencioso Administrativo para conocer de este tipo de recursos. En consecuencia, se declara que corresponde a dichas Cortes el conocimiento del recurso interpuesto.

Dispositiva

En virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que corresponde a las CORTES DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO la competencia para conocer del recurso “por abstención o carencia” interpuesto conjuntamente con acción de amparo constitucional, por el ciudadano JULIÁN FERNANDO NIÑO GAMBOA, asistido por el abogado Abraham Valdivia, contra “la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Experimental Politécnica ‘Antonio José de Sucre´ (UNEXPO)”. Remítase el presente expediente y las piezas separadas contentivas del expediente administrativo a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las referidas Cortes, a los fines de su distribución. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

abstencióncarenciaamparo constitucionalcompetenciauniversidadproceso electoralderechos constitucionalessilencio administrativo

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca