La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por QUIMBIOTEC, C.A. contra la resolución del SENIAT que declaró improcedente la solicitud de reintegro de retenciones en materia de impuesto sobre la renta. La decisión se basa en la verificación de un doble pago realizado por la contribuyente en 2006, que fue reconocido por la Administración Tributaria, aunque argumentaron que el derecho a solicitar el reintegro estaba prescrito. La Sala determina que la prescripción fue interrumpida por la solicitud de reintegro presentada en 2010, por lo que se anula la resolución que declaró improcedente la solicitud de reintegro.
Extracto de la motiva
Ante tales circunstancias, esta Sala siempre orientada a garantizar una tutela judicial efectiva y de conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, según el cual el Juez podrá “(…) en cualquier estado de la causa (…) solicitar información o hacer evacuar de oficio las pruebas que considere pertinentes (…)”, estima necesario requerir a la Superintendencia de las Instituciones del sector Bancario (SUDEBAN), como ente encargado de la inspección, supervisión, vigilancia, regulación y control de las instituciones bancarias, que acordó mediante Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.846 de fecha 11/02/2016, la disolución anticipada de dicha institución bancaria, y el cese de sus operaciones y actividades de intermediación financiera, a través del proceso de liquidación administrativa; “que informe si se encuentran o no reflejadas las referencias 78864, 78865 y 78866 por el monto de Bs. 2.495.121,85, Bs. 6.134.217,68, Bs. 12.944.161,95, respectivamente, todas de fecha 11/09/2006, en la cuenta de la Tesorería Nacional provenientes de la cuenta corriente N° 0003-0010-12-0001012714 de la Contribuyente Quimbiotec C.A. inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el número J-00287475-9, debitadas por la agencia Sucursal Traposos del Extinto Banco Industrial de Venezuela el cual fue liquidado según Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela N° 40.846 de fecha 11/02/2016”.
Dispositiva
Se declara CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por QUIMBIOTEC, C.A., contra la Resolución N° SNAT/INTI/GRTI/RCA/CBFD/2012-001691 dictada por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del SENIAT, la cual declaró improcedente la solicitud de reintegro N° 015967 de fecha 24/10/2011 por concepto de retenciones en materia de Impuesto Sobre la Renta por la cantidad de Bs. F.21.573,50.
Palabras clave
Contencioso TributarioReintegroImpuesto Sobre la RentaQUIMBIOTEC, C.A.