El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, confirma la decisión del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Bingo Platinum, C.A. contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo del SENIAT. La Sala considera que la interpretación del derecho por parte del tribunal de instancia fue correcta, especialmente en relación con la aplicación de las sanciones y el derecho a la defensa de la contribuyente. Se establece que las multas deben ajustarse al valor de la unidad tributaria vigente al momento del pago, y se condena en costas procesales a la contribuyente.
Extracto de la motiva
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- FIRME por no haber sido objeto del recurso contencioso tributario, la diferencia de impuesto determinada a cargo de la empresa Bingo Platinum, C.A., mediante la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo identificada con las siglas SNAT/INTI/GRTI/RNO/DSA/2009/008-00491 de fecha 30 de enero de 2009, dictada por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), por la suma de veintitrés mil novecientos veinte bolívares (Bs. 23.920,00). 2.- FIRMES por no haber sido apelados por la recurrente y no desfavorecer los intereses del Fisco Nacional, los siguientes pronunciamientos del tribunal de mérito: (i) la desestimación del alegato de la referida sociedad mercantil respecto a la improcedencia de la sanción de multa aplicada, por considerar el sentenciador “incongruente” los argumentos de la recurrente con relación a las normas sobre las cuales se fundamentó el acto administrativo impugnado para imponer dicha penalidad; y (ii) la procedencia de los intereses moratorios por la cantidad de tres mil cuatrocientos sesenta y seis bolívares con ochenta y cinco céntimos (Bs. 3.466,85); y (iv) que es inoficioso pronunciarse sobre la medida cautelar ejercida conjuntamente al recurso contencioso tributario. Así se establece.
Dispositiva
Se CONDENA EN COSTAS PROCESALES a la contribuyente, en los términos expuestos en esta decisión judicial.
Palabras clave
Contencioso TributarioBingo PlatinumSENIATMultasDerecho a la Defensa