Sentencia N° 580 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de marzo de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00580, Exp. 2006-0319, 02/03/2006
Expediente2006-0319
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-03-02
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, ambos declarados incompetentes para conocer un recurso de nulidad. La Sala determinó su competencia para resolver el conflicto y concluyó que el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental es el competente para conocer del recurso interpuesto por la sociedad mercantil NATIONAL PLASTIC, C.A. contra la Providencia Administrativa N° 93-03 dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Zulia.

Extracto de la motiva

La Sala observa que en el caso de autos se ha planteado un conflicto de competencia entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, los cuales se declararon incompetentes para conocer del recurso de nulidad ejercido contra la Providencia Administrativa N° 93-03 del 09 de septiembre de 2003, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Zulia; y por cuanto ambos tribunales tienen atribuida la competencia en materia contencioso administrativa, esta Sala Político-Administrativa al ser el máximo órgano en dicha jurisdicción, se declara competente para conocer el conflicto planteado.

Dispositiva

1.- QUE ES COMPETENTE para resolver el conflicto de competencia suscitado en el presente proceso. 2.- Que corresponde al JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN OCCIDENTAL, la COMPETENCIA para conocer del recurso de nulidad interpuesto por los abogados Olenka Halina Skrzypczac Gutiérrez y Enrique Villalobos Gutiérrez, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil NATIONAL PLASTIC, C.A., contra la Providencia Administrativa N° 93-03 del 09 de septiembre de 2003, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano Ramón Machado.

Palabras clave

conflicto de competenciarecurso de nulidadInspectoría del TrabajoJuzgado SuperiorNATIONAL PLASTICProvidencia Administrativasalarios caídos

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