La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por Global Shipping Agentes Navieros, C.A. y el Fisco Nacional, en relación a la Resolución de Multa impuesta por el SENIAT. La controversia se centró en la alegación de violación al derecho a la defensa y al debido proceso, así como en la existencia de un falso supuesto de hecho en la resolución de multa. La Sala concluyó que la sentencia recurrida no incurrió en incongruencia negativa y que la sanción impuesta era válida, revocando la decisión del tribunal inferior que había declarado la nulidad de la resolución de multa.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Máxima Instancia pronunciarse sobre el recurso de apelación ejercido tanto por el sustituto del Procurador General de la República, en representación del Fisco Nacional, como por la apoderada judicial de la empresa Global Shipping Agentes Navieros, C.A., y al respecto observa: En razón de la declaratoria contenida en la sentencia recurrida, así como de las alegaciones formuladas en su contra por las partes, se advierte que la controversia se circunscribe a determinar si el fallo apelado incurrió en los vicios de: i) incongruencia negativa al no haberse pronunciado sobre la nulidad absoluta de los actos administrativos recurridos, por aplicación del artículo 19, numeral 1 de la Ley Orgánica Procedimientos Administrativos, en concordancia con los artículos 26 y 49 numerales 1 y 4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.; y ii) falso supuesto de hecho y de derecho. Delimitada así la litis, pasa esta Sala a decidir con fundamento en las consideraciones siguientes: Vicio de incongruencia negativa La apoderada judicial de la sociedad de comercio Global Shipping Agentes Navieros, C.A. manifiesta que la Jueza de mérito no se pronunció sobre la nulidad absoluta de los actos administrativos recurridos, en uso de sus poderes inquisitivos, es decir, que la Sentenciadora omitió la aplicación del artículo 19 numeral 1 de la Ley Orgánica Procedimientos Administrativos, en concordancia con los artículos 26 y 49 numerales 1 y 4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dispositiva
1) SIN LUGAR la apelación interpuesta por la sociedad mercantil GLOBAL SHIPPING AGENTES NAVIEROS, C.A., contra la sentencia definitiva Núm. 2182, dictada en fecha 28 de julio de 2016, por el Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de la cual se CONFIRMA el pronunciamiento que desestimó la denuncia relativa a la violación de los derechos a la defensa y al debido proceso. 2) CON LUGAR la apelación ejercida por el FISCO NACIONAL, contra el referido fallo, en consecuencia se REVOCA el pronunciamiento relativo a la nulidad de la Resolución de Multa Núm. SNAT/INTI/GAP/LGU/AAJ/2014-004978 de fecha 9 de diciembre de 2014, dictada por el Gerente de la Aduana Principal de La Guaira del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). 3) SIN LUGAR el recurso contencioso tributario ejercido contra la Resolución de Multa Núm. SNAT/INTI/GAP/LGU/AAJ/2014-004978 de fecha 9 de diciembre de 2014, la cual queda FIRME.
Palabras clave
Contencioso TributarioSENIATDerecho a la DefensaDebido ProcesoResolución de Multa