Sentencia N° 576 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de abril de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 00576, Exp. 2004-0066, 24/04/2007
Expediente2004-0066
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-04-18
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión N° 194, declaró parcialmente con lugar la demanda interpuesta por Ana Rosa Herman de Lugo contra la sociedad C.A. Electricidad de Occidente. En consecuencia, se condenó a la Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE) a pagar una indemnización por daños morales. Sin embargo, al evaluar la solicitud de ejecución voluntaria de la sentencia, la Sala determinó que no existía constancia de notificación a las partes, lo que impide la ejecución en este estado del proceso.

Extracto de la motiva

Por decisión N° 194, publicada en fecha 06 de febrero de 2007, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró parcialmente con lugar la demanda interpuesta por la ciudadana ANA ROSA HERMAN DE LUGO contra la sociedad mercantil C.A. ELECTRICIDAD DE OCCIDENTE (ELEOCCIDENTE), en los siguientes términos: “Por las razones precedentemente expuestas esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana ANA ROSA HERMAN DE LUGO, contra la sociedad mercantil C.A. ELECTRICIDAD DE OCCIDENTE (ELEOCCIDENTE). En consecuencia, en virtud de la fusión por absorción de las empresas del sector eléctrico señaladas en el Decreto No. 4.492, publicado en Gaceta Oficial No. 38.441 de fecha 22 de mayo de 2006, entre las cuales se encuentra la sociedad demandada, se condena a la COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO (CADAFE), a pagar a la ciudadana ANA ROSA HERMAN DE LUGO, la indemnización por los daños morales causados estipulada en la cantidad de CIEN MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 100.000.000,00).”

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud de ejecución voluntaria formulada por la apoderada judicial de la parte actora y ORDENA notificar a la COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO (CADAFE), de la sentencia N° 194, publicada en fecha 07 de febrero de 2007.

Palabras clave

ejecucion voluntariaindemnizaciondaños moralessentencianotificaciondemandaCADAFEELEOCCIDENTE

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