Sentencia N° 575 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de marzo de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00575, Exp. 2006-0275, 02/03/2006
Expediente2006-0275
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-03-02
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Central y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. Se determinó que el Juzgado Superior era el competente para conocer del recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Cargill de Venezuela, S.R.L. contra una providencia administrativa de la Inspectoría del Trabajo del Estado Aragua que declaró con lugar la solicitud de calificación de despido y reenganche de varios trabajadores.

Extracto de la motiva

La Sala observa que en el caso de autos se ha planteado un conflicto de competencia entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Central y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, los cuales se declararon incompetentes para conocer del recurso de nulidad ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil Cargill de Venezuela, S.R.L., contra la Providencia Administrativa emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Aragua; y por cuanto ambos tribunales tienen atribuida la competencia en materia contencioso administrativa, esta Sala Político-Administrativa al ser el máximo órgano en dicha jurisdicción, se declara competente para conocer el conflicto planteado.

Dispositiva

1.- QUE ES COMPETENTE para resolver el conflicto de competencia suscitado en el presente proceso. 2.- Que corresponde al JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRAL, la COMPETENCIA para conocer del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con “solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos” y acción de amparo cautelar, por el abogado Jacobo Román Guevara, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CARGILL DE VENEZUELA, S.R.L., contra la Providencia Administrativa S/N del 4 de mayo de 2004, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO ARAGUA.

Palabras clave

conflicto de competenciarecurso contencioso administrativonulidadprovidencia administrativacalificación de despidoreenganchesalarios caídos

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