La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia el 11 de mayo de 2004, declarando con lugar la demanda por cumplimiento de contrato interpuesta por INVERSIONES H.S., C.A. contra el MUNICIPIO LOS GUAYOS, ordenando el pago de una suma significativa por la ejecución de una obra. Ante el incumplimiento del municipio, se decreta la ejecución forzosa de la sentencia. La Sala establece un plazo para que el municipio presente una propuesta de cumplimiento con provisión de fondos del presupuesto vigente.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el artículo 9 del Código de Procedimiento Civil, dispone que la ley procesal se aplicará desde que entre en vigencia, aun en los procesos que se hallaren en curso; este principio se encuentra consagrado en el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual establece: “Ninguna disposición legislativa tendrá efecto retroactivo, excepto cuando imponga menor pena. Las leyes de procedimiento se aplicarán desde el momento mismo de entrar en vigencia, aun en los procesos que se hallaren en curso; pero en los procesos penales, las pruebas ya evacuadas se estimarán en cuanto beneficien al reo o rea, conforme a la ley vigente para la fecha en que se promovieron”. Precisado lo anterior, corresponde a la Sala establecer la forma y oportunidad en que el MUNICIPIO LOS GUAYOS DEL ESTADO CARABOBO, debe dar cumplimiento a lo ordenado en el fallo dictado en fecha 11 de mayo de 2004, registrado bajo el Nº 428, lo cual pasa a hacer de la siguiente manera: Como quiera que la condena está referida a una cantidad líquida de dinero, la Sala de conformidad con lo establecido en la norma parcialmente transcrita, fija un lapso de diez (10) días de despacho, más dos (2) días continuos en razón del término de la distancia, siguientes a la notificación del MUNICIPIO LOS GUAYOS DEL ESTADO CARABOBO, para que éste presente ante esta Sala Político-Administrativa, una propuesta a fin de dar cumplimiento a lo ordenado en la sentencia dictada el 11 de mayo de 2004, con provisión de fondos del presupuesto vigente.
Dispositiva
Se decreta la ejecución forzosa de la sentencia dictada el 11 de mayo de 2004, registrada bajo el Nº 428, y se establece un plazo de diez (10) días de despacho, más dos (2) días continuos para que el MUNICIPIO LOS GUAYOS DEL ESTADO CARABOBO presente una propuesta de cumplimiento con provisión de fondos del presupuesto vigente.
Palabras clave
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