DecisiónSe ORDENA remitir el presente expediente, al JUZGADO NACIONAL DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE LA REGIÓN CENTRO-OCCIDENTAL.
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia planteado por el Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental, en relación a una demanda de nulidad interpuesta por Roberto Enrique Faccin Caon contra un acto administrativo del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales. La Sala declaró su incompetencia y remitió el caso al Juzgado Nacional correspondiente.
Extracto de la motiva
MOTIVADOS DEL ACTO IMPUGNADO”.(Resaltado de la cita). Por último, solicitó que de “(…) conformidad con el artículo 27 Constitucional en concordancia con el parágrafo primero del artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucional (…) amparo cautelar a los fines de que [el] Tribunal se sirva ORDENAR la suspensión de los efectos del acto administrativo distinguido con la nomenclatura OAVRA-D-DGF-2024-000102, suscrito por el ciudadano CARLOS JAVIER MONTILLA BENITEZ, en su carácter de JEFE DE OFICINA ADMINISTRATIVA VELERA DEL INSTITUTO VENEZOLNAO DE LOS SEGUROS SOCIALES, de fecha 20 de noviembre de 2024, o en su defecto ORDENE al JEFE DE LA OFICINA ADMINISTRATIVA VELERA DEL INSTITUTO DE LOS SEGUROS SOCIALES se sirva ABSTENERSE de cobrar a la contribuyente SUPERMERCADOS CARACAS S.A., (SUCASA) mediante el proceso de intimación previsto y sancionado en los artículos 222 al 225 del Código Orgánico Tributario o el cobro ejecutivo contenido en los artículos 226 al 238 eiusdem, todo ello mientras se sustancia y decida el presente recurso de nulidad”. (Sic) (Resaltado del original y agregado de la Sala).
Dispositiva
Se ORDENA remitir el presente expediente, al JUZGADO NACIONAL DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIO ADMINISTRATIVA DE LA REGIÓN CENTRO-OCCIDENTAL.