Sentencia N° 570 — Sala Político Administrativa del TSJ, 1 de octubre de 2019

TSJ/SPA, Sent. N° 00570, Exp. 2017-0857, 02/10/2019
Expediente2017-0857
PonenteINOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2019-10-01
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la demanda de nulidad interpuesta por Nayleth de los Santos Rosas Alfonzo de Martínez contra la Resolución Nro. 01-00-000555, que impuso una sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por un período de ocho años. La demandante alegó la violación del principio de cosa juzgada administrativa, argumentando que ya había cumplido con una sanción anterior. Sin embargo, la Sala determinó que la imposición de sanciones accesorias es válida y no infringe el principio non bis in idem, ya que se trata de actos administrativos distintos.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse respecto al recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana Nayleth De Los Santos Rosas Alfonzo de Martínez, contra la Resolución Nro. 01-00-000555 de fecha 21 de septiembre de 2017, emitida por el ciudadano Contralor General de la República, que le impuso la sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por un período de ocho (8) años, ello en virtud del Auto Decisorio S/N dictado el 16 de septiembre de 2013 por la Dirección de Determinación de Responsabilidades Administrativas de la Contraloría del Estado Delta Amacuro, que declaró su responsabilidad administrativa por las irregularidades cometidas durante los ejercicios fiscales 2005-2006, mientras desempeñaba funciones como Jefa del Departamento de Rehabilitación, Ampliación y Mejoras, adscrita a la División de Inspección de la Secretaría de Línea de Infraestructura de la Secretaría General Sectorial de Servicios de la Gobernación del Estado Delta Amacuro.

Dispositiva

Declara SIN LUGAR la demanda de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida de suspensión de efectos, interpuesta por el abogado Cruz Ramón Pino Martínez, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana NAYLETH DE LOS SANTOS ROSAS ALFONZO DE MARTÍNEZ, contra la Resolución Nro. 01-00-000555 de fecha 21 de septiembre de 2017, a través de la cual el CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, impuso a su representada la sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por un período de ocho (8) años. En consecuencia, FIRME el acto administrativo impugnado.

Palabras clave

inhabilitaciónsancionesderechosadministración públicacontraloríadebido procesoresponsabilidad administrativa

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