La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por Almacenadora Occidental, C.A. contra una planilla de liquidación emitida por la Administración de Hacienda. La Sala declaró decaído el objeto del recurso, considerando que la contribuyente se había acogido a los beneficios de la Ley de Remisión Tributaria. Se ordenó a la Contraloría General de la República pronunciarse sobre la procedencia del beneficio solicitado en un plazo de 30 días.
Dispositiva
1. DECAIDO EL OBJETO del recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil ALMACENADORA OCCIDENTAL, C.A., contra la Planilla de Liquidación número 04.10.01.31.008516, de fecha 11 de agosto de 1986, emitida por la Administración de Hacienda de la Región Zuliana, a cargo de la contribuyente por concepto de impuesto sobre la renta, correspondiente al ejercicio fiscal comprendido desde el 16 de septiembre de 1984 hasta el 15 de septiembre de 1985. 2. SE ORDENA a la Contraloría General de la República pronunciarse respecto de la procedencia del beneficio de remisión solicitado en la presente causa, en un lapso perentorio de treinta (30) días continuos, contados a partir de que conste en autos la notificación del presente fallo, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Remisión Tributaria del 24 de abril de 1996.