La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer del recurso de nulidad interpuesto por Luis Alberto Escobar Muñoz contra una resolución del Gobernador del Estado Amazonas. La Corte de Apelaciones había declarado con lugar el recurso, lo que llevó a la consulta ante el TSJ. La Sala determinó que la competencia corresponde a las Cortes de lo Contencioso Administrativo, por lo que ordenó remitir el expediente a dicha instancia.
Extracto de la motiva
El caso de autos fue remitido a los fines de que esta Sala resolviese la consulta de la sentencia dictada en fecha 21 de junio de 2004 por la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, por la cual se declaró con lugar el recurso de nulidad ejercido por el ciudadano LUIS ALBERTO ESCOBAR MUÑOZ, contra la Resolución N° 203-03 del 1° de octubre de 2003, notificada en fecha 3 de octubre de 2003, dictada por el ciudadano Liborio Guarulla, Gobernador del Estado Amazonas. En consecuencia, visto que la sentencia cuya consulta se solicita emanó de la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, se advierte que la alzada de dicho tribunal en materia contencioso-administrativa es la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo; ahora bien, cabe destacar que esta Sala Político-Administrativa, mediante Resolución S/N de fecha 15 de julio de 2004, en ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 6, numeral 23, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en virtud de lo establecido en el artículo 255 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con lo acordado en Sala Plena de este Tribunal Supremo de Justicia, en Resolución N° 2003-00033 de fecha 10 de diciembre de 2003, publicada en la Gaceta Oficial N° 37.866 de fecha 27 de enero de 2004; resolvió designar a los Jueces de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, encontrándose actualmente dichas Cortes instaladas y en ejercicio de sus competencias y atribuciones.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que la COMPETENCIA para conocer del presente caso corresponde a las Cortes de lo Contencioso Administrativo. En consecuencia, se ORDENA remitir el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes de lo Contencioso Administrativo, a los fines consiguientes. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase copia certificada de la presente decisión a la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas. Cúmplase lo ordenado.