Sentencia N° 5665 — Sala Político Administrativa del TSJ, 20 de septiembre de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 05665, Exp. 2000-0180, 21/09/2005
Expediente2000-0180
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2005-09-20
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar la demanda por cobro de bolívares presentada por CARIBBEAN FOOD INDUSTRIES CORPORATION N.V. contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. La parte actora reclamaba el pago de un pagaré emitido en 1990, alegando que la República no había cumplido con sus obligaciones. La Sala determinó que la procedencia del pagaré estaba vinculada al cumplimiento de la obligación que lo originó, lo cual no fue demostrado por la parte actora.

Extracto de la motiva

En el presente caso la representación judicial de la parte actora demandó a la República Bolivariana de Venezuela por la cantidad de Doscientos Cuarenta Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 240.000.oo), equivalente a la cantidad de ciento cincuenta y ocho millones quinientos veinte mil bolívares (Bs.158.520.000,oo), calculados a la tasa de cambio de seiscientos sesenta bolívares con cincuenta céntimos (Bs.660,50) por dólar, vigente para el momento de la interposición de la demanda, por concepto del pago de un pagaré emitido a favor de la sociedad mercantil INGENIERÍA ELECTRÓNICA, C.A., en fecha 7 de febrero de 1990 y endosado a favor de la demandante, conforme a contrato suscrito con el Ministerio de la Defensa, más los intereses a las tasas que se señalan en dicho pagaré, con fecha de vencimiento el 29 de marzo de 1993, la cual fue diferida de mutuo acuerdo por dieciocho (18) meses, por lo que el mencionado título se hizo exigible a partir del 29 de marzo de 1995. Por su parte, la representación judicial de la República Bolivariana de Venezuela, negó, rechazó y contradijo, en todas y cada una de sus partes, las pretensiones esgrimidas por la parte actora en el escrito de la demanda. Planteada de tal manera la litis en el presente proceso, pasa la Sala a decidir en los siguientes términos: Sostienen los apoderados judiciales de la parte demandante, que la República Bolivariana de Venezuela no ha pagado a su representada el monto del capital señalado en pagaré antes identificado, ni los intereses causados a partir de la fecha del vencimiento del respectivo título.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda por cobro de bolívares ejercida por la representación judicial de la sociedad mercantil CARIBBEAN FOOD INDUSTRIES CORPORATION N.V., contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte accionante por haber resultado totalmente vencida en este proceso. En virtud de que la presente decisión se dicta fuera del lapso legal, se ordena notificar a las partes. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente judicial. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

pagarécobro de bolívaresobligación cambiariainteresescontratodemandantedemandadoimprocedencia

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