La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la regulación de competencia solicitada por la ciudadana Sandra Maribel López Godoy, quien interpuso una demanda por ajuste de salario y otros conceptos laborales contra la Universidad del Zulia. El Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo declinó su competencia, lo que llevó a la parte actora a solicitar la regulación ante esta Sala. La Sala determinó que la competencia para conocer el caso corresponde al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Zulia, y asumió el conocimiento de la regulación de competencia planteada.
Extracto de la motiva
La regulación de competencia fue formulada por el abogado Oscar González Adrianza, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana SANDRA MARIBEL LÓPEZ GODOY, en vista de la declinatoria de competencia para conocer el caso bajo análisis expuesta por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, el 16 de febrero de 2005, en el Juzgado de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial Laboral del Estado Zulia, por lo cual conforme a lo dispuesto en el artículo 71 del Código de Procedimiento Civil, corresponde a las Cortes de lo Contencioso Administrativo regular la cuestión de competencia formulada, pues dichas Cortes constituyen la alzada natural de los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo. Ahora bien, resulta evidente para la Sala que el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental incumplió lo previsto en la citada norma, al enviar el expediente a esta Sala en lugar de remitirlo a las Cortes de lo Contencioso Administrativo. No obstante lo anterior, esta Sala al ser la cúspide de la jurisdicción contencioso administrativa, en aras de garantizar los principios de acceso a la justicia y celeridad procesal contenidos en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, asume el conocimiento de la regulación de competencia planteada, no sin antes advertir al Juez Titular del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental acerca del fiel cumplimiento de las normas procesales con el objeto de evitar perjuicios a las partes.
Dispositiva
1) Su COMPETENCIA para conocer la regulación de competencia interpuesta por el abogado Oscar González Adrianza, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana SANDRA MARIBEL LÒPEZ GODOY, ante la declinatoria de competencia expuesta por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental mediante decisión del 16 de febrero de 2005, para conocer la demanda por ajuste de salario y el pago de otros conceptos laborales interpuesta conjuntamente con solicitud de amparo constitucional y medida cautelar innominada, conforme a lo establecido en los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, por el mencionado abogado, contra la UNIVERSIDAD DEL ZULIA. 2) Que corresponde al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, previa distribución, la COMPETENCIA para conocer la acción ejercida.
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