El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, revocó la sentencia N° 0328 del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Surtidora Licoven, C.A. contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo N° RL/2005-07-249. La Sala determinó que los montos de impuesto sobre alcohol y especies alcohólicas no debían incluirse en la base imponible del impuesto sobre actividades económicas, ya que estos son considerados impuestos indirectos que no constituyen ingresos brutos para la empresa demandante.
Extracto de la motiva
La controversia se centra en definir si los impuestos pagados por la contribuyente como distribuidor o importador de bebidas alcohólicas a sus proveedores e incluidas en el costo de sus productos, facturada en línea separada a sus clientes, forma o no parte de sus ingresos brutos para efectos del impuesto sobre actividades económicas de industria, comercio, servicios o de índole similar. La contribuyente aduce que se trata de un impuesto nacional que traslada a sus clientes consumidores finales y por lo tanto no forma parte de sus ingresos brutos y la administración tributaria municipal afirma que este impuesto forma parte del costo, como cualquier otro rubro y no debe rebajarse del precio de venta para calcular la base imponible para efectos del impuesto municipal. El juez considera necesario para evitar contradicciones y con el objeto de uniformar su criterio sobre las pretensiones debatidas en la presente causa, transcribir extractos de la sentencia de este tribunal N° 0166, expediente N° 0269 dictada el 31 de octubre de 2005, con identidad de sujetos, causa y objeto.
Dispositiva
1. CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el apoderado judicial de la sociedad mercantil Surtidora Licoven, C.A., contra la sentencia N° 0328 de fecha 17 de noviembre de 2006, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central. En consecuencia, se REVOCA el citado fallo. 2. CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo N° RL/2005-07-249 de fecha 19 de julio de 2005 y el Acta Fiscal N° AF/2005-050 del 9 de marzo de 2005, emanadas de la Dirección de Hacienda Municipal de la Alcaldía del Municipio Valencia del Estado Carabobo, las cuales resultan nulas.
Palabras clave
Contencioso TributarioSurtidora LicovenImpuesto sobre AlcoholBase Imponible