El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, declara el decaimiento del objeto de la apelación interpuesta por el Fisco Nacional contra la sentencia interlocutoria que acordó la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por la sociedad Comercializadora Aliven 2020, C.A. La decisión se basa en que la apelación principal fue resuelta en una sentencia definitiva posterior, lo que hace innecesaria la revisión de la medida cautelar. Además, se enfatiza que la carga de la prueba recae sobre el recurrente para demostrar el daño irreparable que podría sufrir.
Extracto de la motiva
En relación con el segundo requisito concurrente denominado como periculum in mora, es importante destacar que quien solicite la suspensión de efectos de un acto impugnado, además de afirmar que se le han causado o se le podrían causar perjuicios irreparables o de difícil reparación, debe señalar hechos o circunstancias concretas y aportar elementos suficientes y precisos que permitan al órgano jurisdiccional concluir objetivamente sobre la irreparabilidad del daño por la definitiva, lo cual no ocurrió en el presente caso, por no demostrar la recurrente en su escrito del recurso contencioso tributario, ni en el escrito donde se reitera la solicitud de medida cautelar, que el presunto daño que pudiera sufrir en caso de no decretarse la medida, resultase irreparable por la sentencia definitiva. Sobre el particular, esta representación Fiscal considera necesario enfatizar que los argumentos esgrimidos por la recurrente no llegan a ser lo suficientemente convincentes como para demostrar exactamente cuál sería el daño económico o patrimonial que se le causaría con la Resolución Administrativa, ya que no consignó conjuntamente con su solicitud un medio de prueba que demuestre la existencia de los requisitos anteriores, siendo estos requisitos concurrentes para que sea procedente el decreto de la medida. El peligro de daño o periculum in damni, está referido a que el Juez compruebe que la ejecución inmediata del acto administrativo tributario.
Dispositiva
Declara el decaimiento del objeto de la apelación ejercida por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia interlocutoria Nro. 094-21 de fecha 9 de diciembre de 2021.
Palabras clave
decaimientoapelaciónsuspensión de efectosFisco NacionalComercializadora Aliven 2020