Sentencia N° 56 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de febrero de 2026

TSJ/SPA, Sent. N° 00056, Exp. 2016-0632, 26/02/2026
Expediente2016-0632
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2026-02-26
DecisiónCONCLUIDO

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia Nro. 00585, declara concluido el juicio contencioso tributario interpuesto por CORPORACIÓN EL GUARDIÁN, C.A. contra un acto administrativo que establecía una obligación de pago. Se ordena la notificación a las partes involucradas y se remite el expediente al tribunal de origen. La decisión se fundamenta en la revisión de las actas procesales y la imposibilidad de notificación a la sociedad demandante.

Extracto de la motiva

Que PROCEDE LA CONSULTA de la sentencia definitiva Nro. 0716 dictada en fecha 25 de noviembre de 2009 por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por la empresa CORPORACIÓN EL GUARDIAN, C.A., contra la ‘Revisión de Oficio sobre la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo Nro. 283-2006-09-132 dictada el 27 de junio de 2007’, y notificada el 10 de julio de 2007 por la Gerencia General de Tributos del entonces INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE), actual INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN SOCIALISTA (INCES). 3.- Conociendo en consulta, se REVOCA del fallo de instancia lo concerniente a 1) la aplicación de la multa disminuida al diez por ciento (10%) del tributo omitido, y 2) el pronunciamiento mediante el cual el Juez a quo consideró inoficioso entrar a conocer lo atinente al delito continuado y la reincidencia; y se CONFIRMA la procedencia de los intereses moratorios exigidos con base en lo establecido en el artículo 66 del Código Orgánico Tributario de 2001, aplicable a los períodos comprendidos entre el cuarto (4to.) trimestre de 2001 (desde el 18 de octubre de 2001) y el segundo (2do.) trimestre de 2005, en atención a las motivaciones expresadas en el presente fallo. 4.- PARCIALMENTE CON LUGAR el aludido recurso contencioso tributario; por ende, queda FIRME el acto administrativo impugnado, salvo lo atinente a la aplicación de la circunstancia agravante de la reincidencia; al cálculo de las multas impuestas conforme a lo previsto en los artículos 97 y 99 del Código Orgánico Tributario de 1994 y 111 y 112 del mismo Texto Orgánico de 2001, aplicables para los períodos comprendidos desde el tercer (3er.) trimestre del año 2001 al segundo (2do.) trimestre del año 2005; y al cálculo de los intereses moratorios, todo lo cual deberá ser recalculado en los términos expuestos en la presente decisión.

Dispositiva

1.- CONCLUIDO el presente juicio en el recurso contencioso tributario ejercido con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos en fecha 24 de septiembre de 2007 por la sociedad mercantil CORPORACIÓN EL GUARDIÁN, C.A., antes identificada, contra el acto administrativo contenido en la “Revisión de Oficio Sobre Resolución Culminatoria de Sumario Administrativo Nro. 283-2006-09-132 de fecha 27 de junio de 2007”, notificado el 10 de julio de 2007, emanado de la Gerencia General de Tributos del entonces INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE), actualmente INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN SOCIALISTA (INCES), que estableció a cargo de la mencionada empresa la obligación de pagar la suma de “nueve millones ciento treinta y tres mil seiscientos setenta y cinco bolívares sin céntimos (Bs. 9.133.675,00)”. 2.-REMÍTASE el expediente al Tribunal de origen.

Palabras clave

contencioso tributariomultasintereses moratoriosreincidenciaINCESCódigo Orgánico Tributario

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