La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la solicitud de aclaratoria presentada por el abogado Justo Asdrúbal Guevara Gutiérrez, en representación de Gabriela Ciarrocchi de Zambrano, respecto a la sentencia Nro. 00373 del 4 de agosto de 2022. La solicitud se fundamenta en la interpretación de la palabra 'insta' utilizada en la sentencia, solicitando que se reemplace por 'se ordena'. La Sala concluye que no hay términos dudosos ni imprecisos en la decisión original.
Extracto de la motiva
En atención a lo expuesto, visto que la decisión 00373 del 4 de agosto de 2022, no contiene términos dudosos, ambiguos o imprecisos, ni omitió pronunciamiento sobre los puntos debatidos en este juicio, se determina que no procede la aclaratoria solicitada. Así se establece. Asimismo, aprecia esta Sala que el a quo informó que vista la decisión Nro. 00373 emitida el 4 de agosto de 2022 por el Máximo Tribunal de la República, se abocó al conocimiento de la causa; de igual forma, se advierte por notoriedad judicial que en fecha 15 de diciembre de 2022, el mencionado Tribunal emitió la decisión Nro. 2022-231 en la que repuso la causa “(…) al estado que se notifi[cara] a las partes de [ese] fallo, para que una vez que [constaran] en autos la última de las notificaciones ordenadas, la Secretaría de es[e] Juzgado (…), por auto expreso, aperture el lapso de contestación a la fundamentación de la apelación (…)”, por lo que se concluye también que dicha causa a la fecha de publicación de este fallo no se encuentra paralizada. (Agregados de la Sala). Finalmente, resulta menester para esta Máxima Instancia precisar que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en aras de garantizar la consecución de los postulados consagrados en los artículos 2, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, reconoció la preponderancia de la ciencia, la tecnología, y los servicios de información como elementos de interés público, destacando el deber del Poder Público -y concretamente de los órganos jurisdiccionales- de valerse de los avances tecnológicos para su optimización, procediendo en consecuencia a dictar la Resolución Nro. 2021-0011 de fecha 9 de junio de 2021, contentiva de las normas generales que regularán la suscripción y publicación de decisiones con firma digital, práctica de citaciones y notificaciones electrónicas y la emisión de copias simples o...
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria de la sentencia Nro. 00373 del 4 de agosto de 2022, interpuesta el abogado Justo Asdrúbal Guevara Gutiérrez, apoderado judicial de la ciudadana GABRIELA CIARROCCHI DE ZAMBRANO, ya identificados. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese al Procurador General del Estado Bolivariano de Miranda. Cúmplase lo ordenado.