Sentencia N° 559 — Sala Político Administrativa del TSJ, 27 de abril de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 00559, Exp. 2002-0319, 28/04/2011
Expediente2002-0319
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaCivil
Tipo de recursoExequatur
Fecha de la decisión2011-04-27
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en respuesta a la solicitud de exequátur presentada por Aura Mercedes Colmenares Arreaza, en relación a una sentencia dictada en Florida, Estados Unidos, que condenó a Héctor Crocker Romero al pago de una suma significativa de dinero. La Sala decidió ordenar la designación de un defensor a los herederos desconocidos del de cujus Héctor Crocker Romero y al ciudadano Oscar Crocker Baptista, debido a la falta de comparecencia de los herederos en el proceso. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar el derecho a la defensa de los herederos en el procedimiento de exequátur.

Extracto de la motiva

Revisadas las actas que conforman el expediente, la Sala observa que el 28 de septiembre de 2005 se ordenó librar la boleta de citación al ciudadano Oscar Crocker Baptista, en su carácter de heredero conocido del de cujus Héctor Crocker Romero y el edicto a los herederos desconocidos de éste, conforme a lo establecido en el artículo 231 de Código de Procedimiento Civil. Dicho cartel de emplazamiento a los terceros interesados fue retirado el 5 de octubre de 2005 y consignada su publicación 24 de enero de 2006. Posteriormente, ante la imposibilidad de practicar la notificación personal del ciudadano Oscar Crocker Baptista, la parte actora solicitó se ordenara su citación por carteles, conforme a lo previsto en el artículo 224 del Código de Procedimiento Civil, lo cual fue acordado por esta Sala en su sentencia Nº 00412 del 8 de abril de 2009, publicada el 9 de ese mismo mes y año, el cual fue retirado por el apoderado judicial del actor el 17 de abril de 2009 y el 26 de junio de ese mismo año, consignada en el expediente su publicación. Así, se observa que en fecha 28 de septiembre de 2005 se libró el cartel de notificación de los herederos desconocidos del de cujus Héctor Crocker Romero, para que concurrieran dentro del lapso de sesenta (60) días continuos siguientes al cumplimiento de la última formalidad prevista en el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente, el 9 de abril de 2008 se libró el cartel de notificación del ciudadano Oscar Crocker Baptista, el cual debía ser publicado en los diarios “Últimas Noticias” y “Vea”, formalidad ésta que fue cumplida, para que compareciera bien personalmente o por medio de apoderado judicial, dentro del lapso de cuarenta y cinco (45) días continuos siguientes de conformidad con lo previsto en el artículo 224 del referido Código adjetivo. Ahora bien, observa la Sala que los lapsos antes indicados transcurrieron con creces, pues desde la oportunidad en la que se cumplió la última de las formalidades exigidas en ambos casos, hasta la presente fecha, no se ha verificado la comparecencia de los herederos desconocidos de la causante, ni tampoco la comparecencia del ciudadano Oscar Crocker Baptista, en su condición de heredero conocido del demandado, razón por la cual y en atención a lo previsto en el artículo 232 del Código de Procedimiento Civil, debe esta Máxima Instancia ordenar la designación de un defensor a los herederos desconocidos del de cujus Héctor Crocker Romero y al ciudadano Oscar Crocker Baptista, con la mención de que la causa se encuentra en estado de dictar sentencia sobre el fondo del asunto. Así se declara.

Dispositiva

Con fundamento en las razones expuestas, esta Sala Político- Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA la designación de un defensor a los herederos desconocidos del de cujus Héctor Crocker Romero y al ciudadano Oscar Crocker Baptista. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

exequáturherederosdefensor judicial

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